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La ineludibilidad de lo político. Muerte y "resurrección" del Leviatán en Carl Schmitt

Isonomía. Revista de Teoría y Filosofía del Derecho, núm. 21, 2004

Instituto Tecnológico Autónomo de México

Antonella Attili

Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM y Facultad de Ciencia Política de la UAM-Iztapalapa., México

El análisis de algunos aspectos centrales de la interpretación schmittiana de la doctrina política de Hobbes, realizada por el teórico alemán en El Concepto de lo político y en El Leviatán en la doctrina política de Thomas Hobbes, será ocasión para precisar cuáles son las razones que hacen de la lucha el "presupuesto de lo político" y asimismo para esclarecer el significado de la "trascendencia" en Schmitt.

El horizonte connatural de la hostilidad y la deseada decisión trascendente nos permitirán entender la búsqueda de la "autonomía de lo político" como intento de recuperar la politicidad de la decisión soberana.

I. Política y "estado de naturaleza"

  • La doctrina hobbesiana del Leviatán estatal representa para Carl Schmitt la exposición por antonomasia del pensamiento propiamente político, una teoría cuyo verdadero carácter y contenido no habría sido todavía comprendido. Con su lectura, el teórico alemán toma parte en la decisiva labor de reinterpretación crítica del pensamiento del filósofo de Malmesbury iniciada a fines del siglo XIX, y contribuirá a la imagen de un nuevo Hobbes, rescatado de la mala fama de ser un empirista menor, o un pensador poco especulativo, o un mero defensor del absolutismo, para llegar a ser reconocido como gran pensador teórico, referencia imprescindible para diversas ramas de la filosofía y en particular para la filosofía política1.

    En El Leviatán en la doctrina política de Thomas Hobbes. Sentido y fracaso de un símbolo político Schmitt realiza en 1938 su más amplio análisis del pensamiento hobbesiano y argumenta enfáticamente en favor de la interpretación del filósofo inglés como "pensador político de gran mérito"2. El objetivo de dicho estudio es, en efecto, hacer explícita la potencia conceptual de un pensamiento político como ninguno: Hobbes capta y anticipa los caracteres propios del poder soberano de los leviatanes modernos; con ello, fija conceptualmente la verdadera fuerza de lo político en la presencia de un poder de decisión, autónomo e independiente, encargado de lo que atañe a la esfera pública (sea la creación o el mantenimiento del orden y de la paz, sea la doctrina de Estado o de la profesión religiosa).

    En particular el estudio de Schmitt quiere subrayar el significado de dicho poder de decisión con el objetivo de recuperar el auténtico sentido hobbesiano de la decisión político-soberana que, según la perspectiva asumida por el teórico alemán, habría sido "desvirtuado" en los siglos sucesivos. Ya desde El Concepto de lo político (de 1927) el autor presenta un esquema analítico del sistema hobbesiano, en el que establece los ejes básicos de la interpretación que luego desarrollará, y en el Corolario sobre La era de las neutralizaciones y despolitizaciones (1929) expone el marco general de su crítica a la presunta desvirtuación de lo esencial o fundamental en la política. Como veremos, de las "lecciones" de Hobbes, Schmitt hace propia la comprensión de la política como ámbito autónomo del orden público dirigido por la decisión soberana incuestionable. Es en el marco de la fuerte influencia de esta concepción general que elabora su propio concepto de lo político y busca la reformulación de su autonomía.

    En su interpretación Schmitt pone en primer plano la preocupación central de Hobbes: la superación "por medio del Estado (de) la anarquía" y el "contraponer al pluralismo medieval... la unidad racional de un poder unívoco", o la llamada "lucha contra todo poder indirecto"3. El horizonte de la anarquía, sembrada por el pluralismo de poderes intermedios, marca en el filósofo inglés el término desde el cual pensar la necesidad y justificación de la presencia del poder absoluto. La condición "natural" que hace de la existencia del hombre una vida "pobre, solitaria, sucia, brutal y breve" puede ser superada sólo por medio de la creación de un poder político, "mecanismo de mando fuertemente centralizado"4 del absolutismo estatal contra la "insolencia teológica de las iglesias y ante la ambición del poder espiritual"5. Por haber dirigido su atención a la cuestión del orden y de la constitución de un poder soberano, el filósofo representa un "auténtico maestro de una gran experiencia política" que comprende de manera aguda el "carácter crucial de la actividad política"6.

    Con la recuperación de la lección hobessiana el teórico alemán hace suya la concepción del poder que, monopolizando de manera exclusiva (y, en este sentido, en contra la condición de naturaleza definida por la ausencia de poder político) la fuerza y el derecho a mandar, se impone por encima de los "poderes intermedios" y deja atrás la anarquía de una situación caracterizada como status belli. Con sus argumentos Schmitt comparte con Hobbes la idea de la política del Leviatán como superación de dicho status naturalis, en tanto negación de la esfera del poder civil soberano, superior a los poderes particulares de grupos o facciones. En efecto, como lo ponen de manifiesto las mayores obras desde 1921, para Schmitt la política es superación de la anarquía o des-orden a través de la decisión; tiene como eje la presencia de poder soberano, quien hace posible el orden, la vigencia del ordenamiento jurídico, la normalidad.

    Decir que al rescatar la lección central de Hobbes con respecto al poder soberano Schmitt hace suya la necesidad de superar la conflictividad anárquica del estado de naturaleza no concuerda, sin embargo, con la interpretación de este aspecto particular presente en la crítica canónica realizada por Leo Strauss a El Concepto de lo político en 19327. Este célebre ensayo constituye un perspicaz análisis de múltiples aspectos interesantes y a la vez polémicos de la propuesta schmittiana, que lo colocan sin lugar a duda entre las más importantes "confrontaciones" con el texto en cuestión8. En particular, con respecto al tratamiento de la noción de estado de naturaleza, el autor afirma que mientras Hobbes niega "expresamente el status naturalis", Schmitt concibe el des-orden del status naturalis como "status auténticamente político" y "lo aprueba"9. Las razones para argumentar que nos encontramos ante lo que puede definirse una transposición schmittiana de la problemática delineada por la noción de estado de naturaleza en otro tipo de planteamiento (a saber, en la búsqueda por la especificidad de la política) contribuirá a aclarar la propuesta schmittiana de una "autoridad soberana trascendente" y su lugar necesario en el horizonte último de lo político.

II. Enfrentamiento hostil y decisión trascendente

  • En El Concepto encontramos la referencia más extensa a Hobbes, antes de la monografía del '38: la propuesta del denominado "Cristal de Hobbes"10. Esta se encuentra en la parte del texto donde Schmitt trata de la concepción del hombre (y de su relación con la antropología política11), y es la tercera de las observaciones dirigidas al tema de "la naturaleza humana como ser político" en cuanto relacionada con el horizonte de la hostilidad.

    La nota comienza con la referencia a la afirmación de bueno/malo "por naturaleza" en Hobbes y el intento de precisar su significado frente a las nociones de naturaleza aristotélica, platónica y de la filosofía de la historia. Schmitt hace notar (en la primera de sus observaciones) cómo Hobbes aplica los juicios de bueno/malo por naturaleza respectivamente a las situaciones de normalización-Estado-unidad política (bueno) y a lo anómalo (malo) como situación de degradación y de guerra civil. La condición política es entonces el punto de partida para tales juicios. Con ello (afirma en su siguiente observación) la "naturaleza" en Hobbes se acerca a la idea de "la constancia de las especies" y no es la "naturaleza inalterable del ser humano". Se trata más bien de una concepción realista de la naturaleza del hombre, basada en la experiencia y en la historia.

    Tanto la centralidad de la política, como el carácter realista de su concepción del hombre, abren el camino a la tercera observación. En ésta se presenta el diagrama del "cristal"; a saber, la estructura hexagonal en la que Schmitt esquematiza el sistema de la doctrina de Hobbes. Y se vincula a las dos observaciones anteriores por la referencia (situada al final del diagrama) al mencionado tema general de la "naturaleza necesitada" del hombre; a la búsqueda de satisfacción de las necesidades propias de su condición natural, colocada por el teórico alemán como la base misma del cristal.

    Siguiendo el esquema de la estructura teórica del pensamiento hobbesiano sugerido por Schmitt partiendo de la base (las necesidades de la naturaleza humana), encontramos:

    1. La cuestión de la relación protección-obediencia12, es decir de la exigencia de obediencia a cambio de protección; dicha relación es posible por:

    2. Lapotestas directa, que es la responsable de la ejecución de la orden para tal fin; a su vez la posibilidad de tal potestas se debe a:

    3. La presencia de una Auctoritas que decide por medio de instrucciones (que serían las leyes) la realización o afirmación de la verdad (o del valor fundamental públicamente relevante). La Auctoritas es el sujeto que resuelve, responde a:

    4. El problema de quién decide e interpreta justamente la 'verdad' de manera que resulte jurídicamente relevante. Ello presupone:

    5. El momento en el que se afirma la presencia de una supuesta verdad que para ser tal debe ser definida/interpretada como verdad.

    Éste último es el aspecto problemático de la "creencia en la posesión de la verdad", indicada por Schmitt como provocadora de "las más terribles hostilidades"13.

    En Hobbes, el contenido particular de tal disputa está relacionado como es sabido con el marco de las guerras de religión cristiana; es decir, atañe a la verdad religiosa que necesita ser interpretada y a la afirmación -en este caso- de Jesús como hijo de Dios14. Es lo que llama "trascendencia" del Cristal: la presencia de una verdad religiosa, establecida por la decisión soberana; una verdad última, en la que descansa la solución neutralizadora del conflicto de religión por parte del leviatán estatal y que 'trasciende' (en el sentido de estar por encima, ser independiente de) toda creencia u opinión, debido a la autoridad superior del acto de decisión soberana que la establece. Ello hace comprensible la frase de Schmitt que caracteriza el tema de la trascendencia como problema "fundamental y sistemático"15 del sistema hobbesiano16, ya que representa la clave de la superación tanto del estado de naturaleza como del conflicto civil.

    Podemos 'traducir' en general dicho tema de la trascendencia que Schmitt evidencia en Hobbes como el horizonte de la disputa en torno a los valores últimos, horizonte de la afirmación de una verdad de tipo religioso trascendente o determinante (que en cada época puede ser creencia de tipo moral, metafísica o de otro tipo); la cual representa la idea-valor histórico-cultural decisiva para la definición de la unidad política concreta, así como para su identidad colectiva.

    El cristal puede también ser leído en el sentido inverso al tomado por nosotros (en el que se aclara la vinculación con el tema de la naturaleza humana); ambas lecturas, dice el autor, son equivalentes. En nuestra lectura (de la base hacia arriba, esto es, moviendo desde la naturaleza o condición del hombre necesitada de protección hasta la llamada trascendencia) se pone en evidencia el origen o la base "natural" de la constitución de la relación política, que explica los momentos vinculados al poder de decidir y los valores últimos interpelados como referencias fundamentales17. En la lectura inversa (que desde la cima de la trascendencia recorre hacia la base los cinco puntos señalados por el lado izquierdo del Cristal) se parte del establecimiento de una interpretación de la creencia central y polémica de una época, siguen luego a la afirmación de la autoridad y del poder político, y el establecimiento de la relación de protección-obediencia (y por ende del orden), que satisface las necesidades humanas. Este segundo camino, por su parte, pone de relieve el proceso de neutralización estatal de la lucha política en torno a verdades últimas; es decir aquellas: "muchas verdades necesitadas de interpretación, ideales sociales, valores supremos y principios fundamentales"18.

    Al interpretar la doctrina política de Hobbes, Schmitt señala el escenario que conduce al estado de naturaleza o a la lucha extrema en ausencia de árbitro "en (la) ejecución y puesta en práctica (de ideales, valores, principios) se producen las disputas y las guerras"19. El estado o condición de guerra, que lo político presupone (el horizonte de "las más terribles hostilidades") es causado por la creencia en la posesión de la verdad, ya que "cada quien afirma, por supuesto, tener de su lado el derecho y la verdad".20

    Se trata de una confrontación a propósito de los fines, valores y creencias supuestamente definitorios de sociedades, naciones o partes de éstas; una polarización extrema, que excluye todo punto de contacto a propósito de las cuestiones básicas sobre las que una sociedad se organiza y edifica su pacificación. Por ello dicha oposición provoca una situación hostil de "toda pretensión contra todas las demás" propia del status naturalis, caracterizado hobbesianamente por la carencia de un poder superior al que apelar. Es una situación en la que se cuestiona el orden, la normalidad y la autoridad, y se abre el problema de la (re)construcción de un nuevo orden. Este tipo de enfrentamiento es el que introduce el status belli omnium contra omnes; llamado en la terminología schmittiana caso de excepción (Ausnahmezustand), de necesidad (Notzustand), caso extremo (Ernstfall -literalmente: "caso serio").

    Tanto la afirmación de una verdad trascendente (que pone fin a la lucha por medio de la neutralización política lograda por la decisión soberana), como la situación originaria de las necesidades humanas (motivo que origina el establecimiento de la relación política de protección-obediencia), iluminan el problema de la auctoritas o autoridad soberana, capaz de ordenar y pacificar la unidad política. El Cristal -estructura ordenada abierta a la trascendencia- Schmitt va reuniendo los temas del Estado, de la decisión con derecho a mandar de la "autoridad" y el de la "trascendencia" o del horizonte de la decisión última sobre cuestiones del orden público21.

    Estos son los temas que desarrolla en El Leviatán en la doctrina del Estado de Thomas Hobbes. En dicha obra la decisión de la auctoritas, de la persona soberano-representativa analizada en Hobbes, versa fundamentalmente sobre lo que es o lo que se establece como verdad pública: la autoridad define lo que debe ser considerado o aceptado como milagro, decide sobre lo justo, así como sobre el enemigo. Es ésta la respuesta subrayada en la obra de 1938, al retomar la problemática básica del Cristal; esto es, la del enfrentamiento entre las afirmaciones excluyentes de creencias y de fe, que dispone en abierta confrontación las opuestas pretensiones de poseer la verdad y de defender lo justo. Al hablar de la definición por parte del soberano de la verdad, justicia y derecho afirma Schmitt:

    Todas las demás concepciones de verdad y justicia son absorbidas en la decisión del mando legal. Toda ulterior discusión conduce a una condición "pre-estatal" de inseguridad, en la cual definitivamente ya no se está seguro de la propia vida física, porque toda apelación al derecho y a la verdad no crea en lo absoluto la paz, sino que enardece y recrudece la guerra22.

    La decisión soberana logra contener esta eventual hostilidad, ordena el caso extremo y pone bajo control las pretensiones de verdad. Ante la situación de carencia de poder arbitral en la polarización cumple con la función de introducir poder y gobierno; establece la normalidad y da seguridad a los individuos ante el desorden; otorga protección a cambio de obediencia en la situación de cuestionamiento de la obligación.

    A los ojos de Schmitt, la auctoritas hobbesiana afirma la positiva presencia y la potencia de una autoridad que resuelve esos conflictos disruptivos de la unidad política por la afirmación de esas "verdades" contrapuestas, imponiendo con su decisión el orden y la paz en medio de aquellas opuestas pretensiones de derechos de diverso tipo. La trascendencia schmittiana refiere, entonces, a aquellas nociones, creencias y valores políticos últimos, que son los que el poder político soberano establece, pretende representar y quiere defender, superando el estado de naturaleza para fundar el orden político pacificado.

    Dice el jurista alemán: "Frente a las distinciones y pseudoconceptos de una potestas indirecta", causa de la lucha interna, Hobbes habría redefinido para su tiempo con la formulación de la doctrina del leviatán estatal la relación de mandato-obediencia entre soberano y súbditos. Él "restableció las antiguas y eternas relaciones de protección y obediencia".23 El acto soberano de introducir orden y paz, desplazando el enfrentamiento hostil sobre lo fundamental, es entendido por Schmitt como afirmación de un nomos (orden legal) y de una normalidad.

III. Condición natural o estado de naturaleza

  • Rebus sic stantibus, parece inconsistente -a partir de los argumentos de autor- hablar en Schmitt de la afirmación del estado de naturaleza "como status auténticamente político" como sugiere Leo Strauss24. Su objetivo, más bien, es poner en evidencia cómo el horizonte de la lucha posible, planteado por el concepto schmittiano de lo político, eterniza la lucha que la política de Hobbes niega y perpetúa así la inseguridad de la condición humana. Y sin duda el gran mérito de reflexión de Strauss es el de marcar en la mente del lector el sentido irremediablemente precario, nunca definitivamente superable, que posee el horizonte de la posibilidad de la lucha en Schmitt.

    Sin embargo, mirando de cerca, es forzado el paralelismo entre el tratamiento hobbesiano del estado de naturaleza en términos iusnaturalistas y racionalistas (de dicotomía excluyente y normativista), y por otra parte las implicaciones extraídas por Strauss del planteamiento del carácter específico de lo político en Schmitt, ya que relaciona planteamientos teóricos muy distintos y formas de argumentación inconmensurables. Con ello la conclusión obtenida (acerca de la perpetuación de la situación natural entre los individuos en lo político schmittiano) haría imposible comprender el contenido y el sentido del rescate schmittiano del poder soberano que encuentra en el Leviatán de Hobbes (ya desde 1927).

    Según Strauss, Schmitt "determina" "el estado de guerra entre grupos (particularmente entre pueblos) como "estado de naturaleza" que -en éstos términos- es diametralmente opuesto al estado de naturaleza caracterizado por Thomas Hobbes (autor a quien ambos autores se remiten). Por ello concluye Strauss:

    La diferencia reside en que la determinación hobbesiana del estado de naturaleza se constituye polémicamente: el hecho de que el estado de naturaleza sea el estado de guerra de todos contra todos, debe motivar ya el abandono del estado de naturaleza. A esta negación del estado de naturaleza o de lo político contrapone Schmitt la posición de lo político25.

    En realidad no hay en éste último una afirmación propiamente dicha del estado de naturaleza26, definido en términos hobbesianos de "condición de guerra de todos contra todos"27; éste tiene como sujetos a individuos disgregados y se caracteriza por la total ausencia de poder político soberano. Por el contrario para Schmitt "lo político es lo decisivo": éste (desde el ámbito que sea relevante de una época) es la decisión sobre el enemigo y el caso extremo.

    "Lo decisivo es pues siempre y sólo la posibilidad de este caso decisivo, el de la lucha real, así como la decisión de si se da o no ese caso"28.

    Y lo afirma en el pasaje29 que precisa lo que el criterio de lo político 'no significa' (no guerra eterna, no imposibilidad de la neutralidad o que política no sea evitar la guerra).

    Todo lo que Schmitt resume bajo "lo decisivo" refiere e implica la presencia de la figura del soberano estatal como poder decisor y arbitral supremo, que determina lo fundamental para la unidad política; son entonces asociaciones o unidades políticas (no individuos aislados) y está presente la capacidad (o pretensión) de definir "verdades". El contenido de la política, como vimos en la misma interpretación schmittiana de Hobbes, es la superación de la lucha por el orden, a través de la decisión. Tal presencia del poder soberano -reconocida en la cita del mismo Strauss30- no puede ser considerada una diferencia de poca importancia con respecto a la "determinación" hecha por Hobbes del estado de naturaleza, así como del contenido del político en Schmitt.

    Parece entonces que en su rescate de la decisión del poder soberano como lo auténticamente político, el teórico alemán recupera el mismo sentido del estado de naturaleza presente en la filosofía política de Hobbes: la condición de lucha en ausencia de poder soberano, que se transforma a nivel nacional en el riesgo de la guerra civil y a nivel internacional en la confrontación bélica entre Estados.

    En efecto, no hay en Hobbes una negación definitiva del estado de naturaleza31: el estado de naturaleza es una condición que lejos de ser superada definitivamente se representa como posibilidad histórica virtual, que hay que enfrentar (es una de las causas de la caída del poder político soberano en Hobbes), tanto a nivel de las relaciones entre los leviatanes estatales (donde no hay un tercero que regule civilizadamente -civil o político en sentido hobbesiano-, sino sólo entidades estatales soberanas no sometidas a leyes superiores: "non est super terra qui comparetur ei"), así como en la guerra civil, cuando el soberano no logra mantenerse incuestionadamente como tal. El hobbesiano status naturalis se mantiene entre los Estados y en la continua sombra amenazadora del Behemoth; la política y su orden parecen ser un esfuerzo constante, nunca definitivo, de sustraerse a la fuerzas del des-orden, a la amenaza de anarquía. Y este es el mismo sentido (netamente hobbesiano) en el que se puede hablar en Schmitt de estado natural de guerra entre los Estados soberanos32.

    De lo anterior hay que concluir que no es válido afirmar que el jurista alemán: "contrapone al polémico concepto hobbesiano de estado de naturaleza, su concepto no polémico de estado de naturaleza"33. La gran diferencia en el tipo de planteamiento así como de argumentación con respecto a los del filósofo inglés está marcada inter alia por carecer del propósito la creación de un sistema filosófico racionalista, como por no tratar en términos iusnaturalistas (dicotómico-excluyentes) la reflexión en torno al estado de naturaleza o el momento de crisis del orden civil.

    La diferencia con Hobbes también se muestra en que el razonamiento utilizado por éste para pensar la política es una hipótesis contrafáctica de lo que implicaría la condición de carencia de un poder ordenador superior (situado por encima de los grupos) y tiene como finalidad teórica la de fundamentar con su sistema filosófico la necesidad del Leviatán estatal y del poder político. Schmitt plantea más bien la pregunta por el carácter propio de lo político y tiene como objetivo evidenciar el rasgo definitorio de dicho ámbito. En el lugar del abstracto contra-fáctico hobbesiano tenemos la reflexión schmittiana sobre la esencia de lo político que proyecta el horizonte de "posibilidad siempre abierta de la guerra", de la lucha extrema y el supuesto elemental de un sistema de ideas específicamente político. Es su polémicamente célebre "presupuesto" de dicho ámbito, cuya finalidad es pensar el rasgo distintivo que imprime a las relaciones políticas.

    La misma terminología usada por Schmitt nos habla de la diferencia de enfoque: "lo político" es el carácter definitorio que sirve para captar lo que es la política; ésta última es la esfera de acciones y dinámicas concretas relativas al poder y a la relación de gobierno. Con este cambio de planteamiento en su reflexión teórico-política, el autor alemán rompe con la filosofía clásica moderna que (desde Maquiavelo a Weber) había centrado la reflexión sobre la política en los conceptos de Estado y poder, dando de ella una definición centrada en el medio y en el sujeto principal de dicha esfera. Para el teórico alemán el problema se plantea como pregunta sobre el carácter distintivo o peculiar de lo que es propiamente político y que no coincide con el sujeto estatal, ni se reduce a la posesión de los medios de coacción, ni es propio de una esfera que dependa de otras (a las que estaría sometido o de las que sería continuación).

    Distinguir entre los términos permite advertir de manera más clara (pese a las diferencias entre las dos posturas) el sentido análogo entre la concepción genérica de "política" presente en ambos autores: esto es, orden, autoridad y superación de la anarquía34.

    El señalamiento de la aportación fundamental de Hobbes con respecto a la centralidad del acto soberano como superación de la hostilidad y creador de orden, paz y gobierno es en el Cristal y posteriormente en El Leviatán, el esfuerzo schmittiano de reafirmar el lugar específico de la decisión soberana; la autoridad trascendente, el poder leviatánico se impone -en términos del autor- como "mando y asunción de riesgos, poder y responsabilidad"35, que normaliza la relación de protección-obediencia por encima del enfrentamiento entre las partes. Éstos constituyen los elementos centrales sobre los cuales Schmitt construye la interpretación enfáticamente decisionista de la doctrina hobbesiana.

IV. Decisionismo absolutista (Hobbes)

  • El de la decisión es el tema schmittiano por excelencia que atañe a la posibilidad de la realización del derecho, el estructurar en los aspectos jurídicos, políticos y metafísicos la forma propia al espíritu de una época a partir de la conciencia de sí que ésta tiene. Tema que antes de 1927 estaba más ligado al problema jurídico de la realización del derecho a través de la interpretación judicial y del origen del derecho positivo36, mientras que en adelante y hasta principios de los cuarenta deviene una búsqueda más explícitamente vinculada a la esfera de la política.

    En un primer plano del análisis de la interpretación schmittiana de Hobbes debemos colocar la problemática del rescate y reafirmación de lo propiamente político en la decisión soberana (y su transformación en la era de lo que Schmitt llama el "Estado total", anunciada desde 1931). una temática que, lejos de limitarse a los textos de lectura hobbesiana y al objetivo específico de esas obras, resulta ser un eje teórico sólido para relacionar los desarrollos argumentativos y polémicos de la teoría de lo político de Carl Schmitt en otros de sus textos más conocidos. En efecto, la búsqueda de la decisión como momento teórico y concreto de lo propiamente central en la teoría jurídico-política guía la solución dada por el autor en las diferentes etapas de su producción, orientadas respectivamente a la decisión anti-romántica (1919), la decisión judicial (1910 y 1912), al Estado (1914 y 1927-32), la dictadura (1921), los poderes de emergencia (1922), el mito y la iglesia (1923), el poder constituyente (1928), el jefe de Estado (1931), la decisión soberana autónoma (1932)37.

    El rescate de la decisión política de Schmitt tiende a una particular noción de decisión hecha patente en 1927: la voluntad que resuelve los conflictos sin "despolitizar" la política misma; o, en otros términos, de una decisión política que no se "neutralice" o pierda su carácter personalista (como la decisión encontrada en la doctrina política de Hobbes y esquematizada en el Cristal). Se trata de una decisión capaz, entonces, de desintensificar conflictos y de mantenerse como decisión autónoma sobre lo propiamente político, claramente reconocible como poder superior. Es esta noción de decisión que, siguiendo la "lección" de su "gran maestro", Schmitt propone para los nuevos tiempos.

    Aquella capacidad positiva de la decisión autónoma (sujeto del proceso de neutralización de las guerras de religión y del establecimiento de la relación de protección-obediencia, recordados en el Cristal) constituye el carácter auténticamente político en Schmitt. Su rescate es así el intento de reivindicar ese carácter política y jurídicamente determinante de la decisión, su valor de dimensión estructurante de una época, definitorio de una unidad política, contra y por encima de la hostilidad entre las partes propia del estado de naturaleza. Esto es, el rescate de la seriedad de lo político.

    En el significado de la imagen del Leviatán el teórico alemán enfatiza la presencia de la "unidad de la colectividad política" en el símbolo del Leviatán"38, su capacidad de referir a la "fuerza vital natural y de la unidad política"39. Son esta fuerza política y este sentido de unidad colectiva lo que quiere subrayar y rescatar del pensamiento político de Hobbes. El mismo análisis de los diversos elementos que se encuentran en la imagen leviatánica (el animal bíblico, el organismo, la gran máquina y la persona soberano-representativa40) de diferente manera hablan cada uno de la suma potencia del Estado, capaz de cerrar bajo su decisión la colectividad política en una unidad pacificada y ordenada, regulada por la voluntad del soberano hecha ley41.

    A la frase arriba citada: "Cada quien afirma, por supuesto, tener de su lado el derecho y la verdad" añade Schmitt:

    Empero no es la afirmación de tener el derecho lo que conduce a la paz, sino únicamente la irresistible decisión de un sistema de coacción legal seguramente funcionante que pone término al conflicto42.

    Sólo ésta conduce a la superación del estado de naturaleza en la condición política de paz y orden; y se logra para Schmitt por medio de la irresistible e inapelable decisión soberana que despliega un poder unívoco.

    El análisis de las implicaciones de la decisión hobbesiana realizado en este texto de 1938 profundiza el tratamiento de los elementos apuntados en El Concepto son múltiples. El poder político soberano determina:

    1) la "verdad",

    "Decisión inapelable del soberano sobre lo que para su Estado es un milagro."43

    "Si algo debe ser considerado un milagro, es decisión del Estado, en tanto que razón pública, opuesta a la private reason de los súbditos."44

    2) define la "justicia",

    "Todas las demás concepciones de verdad y justicia son absorbidas en la decisión del mando legal"45

    3) establece "derecho",

    "Toda ulterior discusión conduce a una condición "pre-estatal" de inseguridad, en la cual definitivamente ya no se está seguro de la propia vida física, porque toda apelación al derecho y a la verdad no crea en lo absoluto la paz, sino que enardece y recrudece la guerra"46.

    4) El soberano así afirma su voluntad como "ley positiva",

    "Con ello (la irresistible decisión de un sistema de coacción legal seguramente funcionante que pone término al conflicto) se ha ganado un nuevo terreno del pensamiento teorético legal y estatal, a saber, el del positivismo jurídico"47.

    La ley es, entonces, expresión de la voluntad del soberano y, si bien debe atenerse a los mandatos de las leyes naturales, él es quien los interpreta y establece mandatos por medio del instrumento legal.

    "La ley es una específica forma de manifestación del derecho"48 (derecho a mandar, autoridad).

    Con éste tipo de decisión soberana, afirma Schmitt, "se instituye el moderno Estado neutral"49, esto es un poder super partes que resuelve el conflicto político sin ser parte del mismo. Hobbes con su decisión soberana es el pensador que transforma:

    el derecho en un mando legal positivo ... de manera consecuente y sistemática que no sólo acabó con todas las concepciones medievales de un "derecho divino de los reyes", sino también con todos los conceptos de derecho y de constitución sustantivamente entendidos.50

    La gran aportación del pensamiento político hobbesiano es el de fundar el positivismo jurídico y de establecer un

    sistema de legalidad estatal funcional de manera calculable y sin consideración de metas o de contenidos sustantivos de verdad y de justicia51, así como una "teoría del Estado filosófico-sistemática que lo hace un pionero de la cientificidad moderna y de su correspondiente ideal de neutralización técnica"52.

    Se trata aquí de los efectos del elemento máquina del Leviatán, esto es, de su funcionamiento técnico-instrumental. Su consecuencia será la de:

    5) hacer proceder la relación de mandato por medio de la legalidad como eje objetivo, calculable, previsible, positivo (lo establecido), regular. Pero lo que por una parte es la concentración de la decisión soberana en la fuerza positiva de la ley, por otra será sin embargo la identificación-reducción de la expresión voluntad de la autoridad soberana en instrumento y procedimiento legal.

    A través de su perfeccionamiento, la máquina deviene justamente en una realidad autónoma que no se deja manipular.

    Todo esto significa la transformación de la legitimidad en la legalidad53.

    Otra importante consecuencia es:

    6) la afirmación por parte de Hobbes del Estado de derecho. Aunándose a la interpretación de la teoría política hobbesiana anteriormente defendida por F. Tönnies, Schmitt subraya la presencia de

    elementos jurídico-estatales específicos propios de la doctrina hobbesiana del Estado y del derecho (que) fueron casi siempre subestimados.54

    Los elementos del Estado de derecho presentes en la doctrina de Hobbes y éste es reconocido como teórico del "Estado positivo de derecho".55

    Este señalamiento del jurista alemán es sin duda relevante, ya que ayuda a precisar la importancia de la aportación teórico-política de Hobbes y su contenido específico para lo que respecta a los desarrollos de la teoría jurídica y del Estado.

    Todo Estado es un Estado de derecho.56

    Sólo hay derecho estatal, un Estado de derecho en este sentido.

    Definición de Estado de derecho aceptada por todos por su particular evidencia jurídica: Estado de derecho no significa la meta o el contenido de un Estado, sino solamente el tipo y el carácter que lo realizan.57

    Como en el caso de la legalidad considerada instrumento positivo de la autoridad soberana, el autor alemán encuentra un lado negativo que le interesa señalar con respecto al Estado de derecho hobbesiano: si, por una parte su aspecto valioso reside en ser la afirmación teórica e histórica del Estado positivo de derecho, por otra parte conduce a fijar "el tipo o carácter" -decía en la cita anterior- que "realiza" al contenido o meta del Estado pero ya como modalidad positiva, establecida, fijada, técnico-positivística de la ley, perdiendo en esta acepción la potencia personalista de la autoridad soberana de positivizar derecho, de crear-lo-establecerlo-realizarlo, al tener en sus manos "todo el poder". Por ello afirma Schmitt:

    Con ello fueron aseguradas tanto la nueva separación entre contenido y forma, entre meta y carácter, como la oposición de interno y externo desarrollada en el siglo XVIII.58

    Abriendo así la polémica con el desarrollo del Estado de derecho, sucesivo a Hobbes: de Estado de derecho "positivo" en Hobbes, a "Estado liberal de derecho" o Estado legislativo, doctrina según la cual "sólo el Estado fundado por dicha asamblea nacional constituyente es un Estado constitucional de derecho y de ordenamiento"59. Con lo anterior encuentra en Hobbes un antecedente en el que apoyarse le para disputar al liberalismo la noción misma de Estado de derecho, en cuanto noción (anterior) que se posee un significado distinto de ley. Por lo que también se pudo hablar del Estado bolchevique como Estado de derecho60.

    El tema del Estado de derecho en la lectura schmittiana de Hobbes también ayuda a entender indirectamente la idea de lo propiamente político presente en la idea de Estado de derecho: la capacidad del soberano de concentrar todo el poder y todo el derecho en su decisión y crea derecho positivo, además de paz y unidad política.

    Todas estas contribuciones de la doctrina política de Hobbes que Schmitt señala y rescata pueden ser quizás ser vistas como resultados de la gran "maniobra" teórica realizada por Hobbes: la de no distinguir entre auctoritas y potestas61, la de unir autoridad o derecho a mandar con la potencia o el poder temporal en la persona del soberano. De esta manera se construyó la forma de mando fuertemente centralizado del Estado en la figura clásica del absolutismo y es así como a nivel teórico Hobbes salda el poder con el reconocimiento de su derecho.

    Con lo anterior Schmitt concluye su análisis del Leviatán en la interpretación de Hobbes como "el gran decisionista", quien realizó el "viraje decisionista: auctoritas non veritas"62 que apunta a la autoridad soberana en el establecimiento de la ley.

V. Decisionismo teológico-político (Schmitt)

  • El decisionismo que Schmitt encuentra y recupera en Hobbes es la perspectiva de la decisión como momento central de la teoría hobbesiana, a la cual -resumiendo- se reducen la ley, el orden, la paz y la guerra, el milagro y lo público; lo fundamental en la vida política del Estado moderno absolutista. Es un decisionismo estrechamente vinculado con lo que denomina lo específico de lo político, a saber, la capacidad de decidir, que para él es puesta a prueba en el caso excepcional, el ser así una unidad política, discernir la posibilidad real de la lucha armada y la decisión sobre el enemigo en el extremo de la guerra63.

    Pero es oportuno enfatizar que se trata de un decisionismo relacionado con el tema de la trascendencia encontrado en el Cristal de Hobbes. Esto es, un decisionismo relativo al plano de valores últimos (propios de mentalidad o sensibilidad -religiosa, metafísica, ideológica o economicista- de una época), la idea-valor histórico-cultural es relevante para la definición de la unidad política concreta, en torno a la cual se desarrolla la lucha política extrema. La cuestión de la trascendencia atañe a la referencia última que según Schmitt debe estar presente de manera clara o consciente en la unidad política, por encima de particularismos, partidismos o faccionalismos, para definir los valores-criterios últimos o de fondo, a partir de los cuales orientar la decisión política. De esta manera el horizonte de la trascendencia en Schmitt remitirá a las ideas de identidad, homogeneidad, amistad, y con ellas, a los temas polémicos de la democracia plebiscitaria y el Estado total. Por ello es posible afirmar que, a diferencia del fundamento moral-utilitario y de la creencia religiosa trascendente presentes en Hobbes, en el caso de Schmitt se trata de valores o creencias político-jurídicos (no morales64); son los valores "teológico-políticos", en el sentido peculiarmente schmittiano65.

    La trascendencia en Schmitt no coincide con un normativismo iusnaturalista ni con el normativismo jurídico, ni con contenidos teológico-religiosos66. Por el contrario, el carácter particular de la trascendencia schmittiana es específicamente político, esto es, refiere a su ineludibilidad.

    En efecto, con el tema de la trascendencia el autor intenta enfrentar la pérdida de forma política (marco filosófico-teórico-epocal) en la época de la técnica, la neutralización procedimental y el economicismo despolitizador de lo político67. Desarrollado en términos teológico-político, la trascendencia remite a la presencia, y con ello la necesidad, según el autor, de una autoridad política. La autoridad (el poder autorizado) implica el reconocimiento del derecho (a mandar) en la persona soberana, representativa de la unidad política. Es, entonces, no solamente poder o potencia sino también en parte voluntad legítima, persona soberano-representativa que anima, representa y guía el estado moderno fundado por Hobbes, según los significados e intenciones que Schmitt rescata68.

    Los elementos teológico-políticos, el decisionista, y el jurídico-político de la soberanía, se ven así vinculados por una categoría -algo inasible y sin duda muy discutible- de la trascendencia (¿puede aceptarse una noción de este tipo? ¿Se puede hablar de trascendencia en la historia?). Pese a ello es útil, para comprender el sentido general que Schmitt imprime a su obra69: es desde la atención a un horizonte superior o último, indicado como propio de la sensibilidad y mentalidad de cada época, que Schmitt argumenta en favor de una política (personalista y verticalista) que rebasara la carencia de trascendencia del tecnicismo-procedimental, capaz de superar el particularismo partidista, de reaccionar ante la "despolitización" liberal de la política, la "neutralización" promovida por el pluralismo.

    El decisionismo teológico-político, construido alrededor del tema de este tipo de trascendencia, articula el objetivo schmittiano de recuperación de un espacio autónomo para lo político. Objetivo que, si bien desde los años '20 aparece fragmentado en sus diversas obras, cobra consistencia recurriendo a los argumentos referidos de su interpretación de la teoría hobbesiana del Estado.

VI. La muerte del Leviatán

  • La histórica labor de Hobbes, a la vez anticipadora y fautora de la modernidad política centrada en el Estado, también aportó una distinción teórico-política que lo reivindica de la acusación de ser un pensador totalitario.

    Desde la perspectiva schimittiana, es una aportación en conjunto negativa o contraproducente, ya que ésta resultaría paradójicamente en el fundamento del individualismo. En efecto, si bien Hobbes afirma de manera absoluta, sin límites, la potencia y la autoridad del poder soberano que "logra la unidad de religión y política"70, a la vez introduce la importante distinción entre fe interna y profesión pública, una "fisura" en su sistema -según Schmitt-, que posteriormente se convertirá en precipicio para el destino de su sistema teórico.

    Con la reserva de credo de la interioridad privada abrió de par en par una contraposición que libera el camino para nuevos y peligrosos tipos y formas de poderes indirectos.71

    Y ello porque a juicio del jurista alemán la distinción hobbesiana, al establecer la distinción entre ámbitos diversos, aunque originariamente intencionada en la estructura teórica del filósofo inglés a fortalecer la obediencia al soberano, abre el espacio para el reconocimiento -o atribución del derecho a- del uso de la "razón privada" y la "reserva individualista"72.

    la entera relación que Hobbes había montado y pensado entre exterior e interior, entre público y privado, podía ser volteada en su contrario.73

    "Adentrarse en la distinción" y "ha reconocido ya con ello la superioridad última de lo interno sobre lo externo".74

    una vez reconocida la distinción no hay más duda alguna sobre el resultado.75

    Y el resultado será producto de la labor de filósofos como Spinoza, quien a decir de Schmitt afirma el:

    "principio general de la libertad de pensar, de sentir y de expresar opiniones" ampliando el pensamiento hobbesiano del que "la convicción interior pertenece a la esfera del derecho del individuo".

    el filósofo judío desarrolla al máximo este germen, hasta alcanzar lo contrario y el Leviatán queda privado de alma76.

    Y el resultado no es más que:

    La moderna libertad individual de pensamiento y de conciencia, y de los derechos de libertad del individuo que caracterizan la estructura del sistema constitucional liberal77

    En el mundo liberal dicha fisura se convertiría en "una separación y antítesis siempre más aguda"78.

    Como vemos la presencia del individualismo en Hobbes planteada como distinción de ámbitos de comportamiento inconmensurables entre sí es interpretada, desde la postura verticalista y autoritaria de Schmitt, como factor debilitante de la argumentación hobbesiana a favor de la existencia y justificación del poder soberano absoluto.

    En Hobbes la paz pública y el derecho del poder soberano estaban en primer plano; la libertad individual de pensar sólo permanecía en segundo plano, abierta como última reserva.79

    La distinción -desde la lectura de Schmitt- más bien parece ofrecer aquellos fundamentos teóricos para argumentar a favor del individualismo: desde la esfera de lo privado como ámbito propio irreductible, los individuos tienen un lugar desde el cual juzgan, hacen política sin asumir la responsabilidad que va junto con la asunción de la clara función de mando. Es el tema de la fisura moral entre lo público y lo privado en Hobbes desarrollado posteriormente por Koselleck, quien la señala como origen de la crítica moralizante y políticamente irresponsable desde lo privado sobre el Estado y la política80. Eso es lo que Schmitt denuncia como el "asalto" de las fuerzas individualistas y colectivistas contra el leviatán estatal que conduce al debilitamiento o "desmembramiento" del Estado.

    Frente y contra tal proceso el objetivo de Schmitt es el de recuperar el carácter propiamente político de dicho ámbito, decíamos, rescatar y reproponer el espacio autónomo de la decisión del poder soberano frente las múltiples corrientes contemporáneas que van transformando modalidades y contenidos de la política (socialización de lo público, pluralismo político, liberalismo político, normativismo jurídico, tecnicismo economicista y jurídico, crisis de la soberanía política).

    La denuncia schmittiana del ataque individualista, pluralista o colectivista al Leviatán símbolo y realidad de la unidad política moderna se mezcla en el texto de 1938 con la sorprendente responsabilización del proceso histórico de privatización de lo político a la cultura judía y sus grandes figuras intelectuales. El culpable no es meramente el liberal sino la "mirada del Judío liberal" y "el incansable espíritu judío"81; la perspectiva de la tradición judía, que con la "táctica (judía) de la distinción"82 habría sembrado el "germen mortal que mató al dios mortal."83 Todo ello: "contribuyó a castrar un vigoroso Leviatán"84. Compartiendo el (o haciendo una intencionada concesión al) racismo antisemita de la Alemania de su tiempo, Schmitt rebaja el análisis sugerente del antecedente o referente intelectual de una tendencia histórica, cultural y política a un ataque racial chocante y aborrecible. El cómodo expediente de responsabilizar a la cultura judía es acompañado, de todas formas, por el señalamiento de otras corrientes ideológicas culpables del proceso histórico político criticado: "los inspiradores del florecimiento de esta reserva, (son) muy distintos"85, y entre ellos menciona a los cristianos, los ilustrados, los románticos, quienes, según él, se ensañaron todos contra el Estado.

    Cada una de estas posturas tiene su propia historia, su propio estilo, su propia táctica pero coinciden todos en la enemistad contra el leviatán, elevado a símbolo del Estado. 86

    Pero con ello los culpables de la operación de desmembramiento del Estado o, en otras palabras, de la socialización y privatización de lo público y lo estatal, partidización de la política y la despolitización o tecnicización de lo político son prácticamente las principales fuerzas modernas individualistas y pluralistas. Estas son las diversas fuerzas que ahora dirigen o controlan la "máquina del Leviatán" y no hacen posible la orientación de la unidad política por la decisión trascendente. De manera, pues, que las fuerzas culpables de la muerte del Leviatán son en realidad múltiples, no sólo las corrientes teóricas individualistas ni sólo las ideologías políticas pluralistas de la modernidad. Y bajo la conducción de esta multiplicidad de fuerzas -dice Schmitt- "la máquina se romperá"87.

    Así, el Leviatán morirá una segunda ocasión, esta vez despedazado por las fuerzas "anti-individualistas".

VII. La autonomía de lo político

  • Si por un lado la modernidad tardía mata lentamente al Leviatán hobbesiano y termina conduciendo a su realización sólo "apócrifa" (esto es, desvirtuada, alejada de las auténticas intenciones doctrinales de Hobbes88), es interesante notar la denuncia schmittiana de una segunda muerte del Leviatán:

    Los viejos adversarios [...] reaparecieron en este siglo bajo la forma de partidos políticos, sindicatos, grupos sociales, en una palabra como "fuerzas sociales". En el camino se han apoderado de la legislación y del "Estado de leyes. [...] Esto les fue facilitado por un sistema constitucional, cuyo esquema fundamental era un catálogo de derechos individuales de libertad."89

    En abierta polémica con del Estado liberal del XIX y los contenidos de la segunda parte de la Constitución de Weimar90, Schmitt asienta su percepción de los nuevos efectos provocados por la política partidista y pluralista, fundamentada en el individualismo moderno, en la época de la sociedad de masas y de la democracia liberal.

    Las instituciones y conceptos del liberalismo, sobre los que descansa el Estado de leyes positivista, pasaron a ser armas y posiciones de fuerzas sumamente no-liberales. De esta manera, el pluralismo partidista ejecutó magistralmente el método de destrucción estatal, que es parte del Estado de leyes liberal.91

    Las "armas liberales" pasaron así a ser instrumentos de fuerzas distintas que estaban acabando con lo que había sobrevivido de la presencia de la trascendencia leviatánica. Pero ¿por qué habla de fuerzas distintas de la liberal?

    El Leviatán, en el sentido del mito estatal de la "gran máquina", se hizo añicos con la distinción entre Estado y libertad individual, en una época en la cual las organizaciones de esta libertad individual eran todavía sólo los cuchillos con los cuales las potencias anti-individualista cortaban en pedazos y repartían su carne entre sí. Por segunda vez, murió el dios mortal.92

    El segundo "asalto" al Leviatán es ahora conducido por fuerzas que en esta ocasión son anti-individualistas, a saber, las fuerzas que para 1938 aparecían no sólo claramente extraestatales sino directamente antiestatales (como los cuerpos especiales de seguridad) y que utilizaban las mismas consecuencias antiestatalistas del individualismo moderno para controlar, ahora desde intereses particulares y partidistas de la sociedad, el poder político soberano. Tales fuerzas se muestran a Schmitt desde 1937 como incapaces de crear el nuevo orden anhelado por el teórico alemán, que restableciera la nueva forma política y jurídica clara, definida, necesaria para la época.

    Ésta segunda caída del Leviatán es señalada de manera muy clara y oportuna por Jorge Dotti como la intención analítico-crítica directa del texto de Schmitt93. El señalamiento precisa "la significación política de la interpretación schmittiana de Hobbes" dirigida, también, a polemizar contra la condición que la política y el Estado asumían en el período nazi. Con él se evidencia cómo el objetivo de rescatar la politicidad se articula, en el texto principal de Schmitt sobre Hobbes del '38, en el rescate de una presencia de la decisión que recupere la autonomía de lo político, también en contra del mismo nazismo movimientalista y antiestado94. La explicación de una tal reacción tardía de Schmitt en sentido anti-nacionalsocialista quizás pueda encontrarse en el desencanto ante la no realización del derecho en el ansiado nuevo orden jurídico y político que en estructura o forma (aunque ya no en contenido, ya que la realidad política estatal ha cambiado), reproponga la fuerza política soberana que da forma espiritual, jurídica y política a una época. No se trataría entonces en Schmitt sólo de una crítica de la neutralización de la política al economicismo y al tecnicismo sino, junto con lo anterior, también cabría hablar del intento de "recuperar la politicidad del Leviatán en clave contraria a la lectura nacionalsocialista y a la concepción nazi de la política"95, corporativista y movimientista.

    Ésta resulta ser una argumentación relevante ya que aclara el sentido mismo que asume el objetivo general schmittiano de reafirmar lo político: a saber, rescatar la politicidad -decíamos en un primer momento- pero sin conformarse conceptualmente con la realidad nacionalsocialista de la política. Más bien procura defender un sentido de la política que tampoco sea reducible a movilización ni a cualquier tipo de decisiones que no reflejen el espíritu jurídico-político innegable (aunque ciertamente discutible y vago) presente en Schmitt96. A favor, entonces, de una política ligada a la decisión trascendente creadora de orden, capaz de afirmar el nomos, es decir, un orden que dé forma legal eficaz al espacio definido y estable de las relaciones políticas.

    Parece oportuno, sin embargo, distinguir entre "politicidad" (esa defensa de la decisión política y jurídica autónoma) o carácter específicamente político de la decisión, y la defensa de la estatalidad propiamente dicha -mencionada por Dotti-. En efecto la búsqueda de la politicidad, no parece pasar en la interpretación de Schmitt por la restauración del Estado moderno. Más bien asume tintes de búsqueda de un nuevo orden, que si bien mantiene el importante y necesario aspecto institucional (orden jurídico en particular), no se hace ilusiones con el pasado glorioso del derecho y la política del Estado moderno (ni siquiera el de la época liberal que, con todo, mantenía el Estado si bien 'al servicio' del individuo).

    El diagnóstico de Schmitt percibe (resignadamente) la crisis de la política centrada en la decisión soberana incuestionada del Estado y definida por su respectivo ámbito autónomo. Los motivos que inducen a dicha reformulación de lo político son: 1. el aparato técnico del Estado ya se encuentra fuera de su sentido originario y fuera de control;

    2. la persona soberano-representativa ha perdido su alma o autoridad;

    3. el derecho internacional ha entrado en crisis; 4. el Estado de derecho liberal también está en crisis; 5. aun la política nacionalsocialista, pese a su anti-individualismo, es una fuerza corporativista que instrumentaliza el Estado; 6. la autonomía de lo político no se relaciona con un ámbito definido o por el sujeto del Estado.

    En otros términos, el autor constata la pérdida del monopolio de lo político y de lo público por parte del Estado, aunado a la expansión de las funciones estatales y a su crisis como instancia suprema de neutralización de las luchas en sociedades totalitarias o pluralistas del Siglo XX. Tal percepción es determinante al extremo que, como es noto, origina una teoría de lo político que responda a la crisis del Estado y más bien busque la individualización del célebre "presupuesto"97.

    Luego entonces el poder político soberano y su dominio sobre lo público a través de la decisión 'trascendente' necesita buscar una nueva modalidad para adecuarse a la era del "Estado total". El decisionismo schmittiano (centrado en su criterio amigo-enemigo) apunta al sentido personalista y de dictadura constituyente de un nuevo orden jurídico-político y geopolítico que, recuperando la centralidad de la decisión trascendente, continúe asegurando mutatis mutandis la superación del des-orden y la afirmación de la autonomía de lo político (si ya no necesariamente de la política estatal). La decisión trascendente del Leviatán resurgiría, pues, en la decisión autónoma requerida por el carácter específico de la política.

    El problema de la pérdida de su trascendencia y de la autonomía, por obra de las corrientes que promueven visiones instrumentalistas, neutralizadoras y partidistas del Estado (sean éstas liberales, socialista o nacionalsocialistas; pluralistas o totalitarias), es justamente ignorar u olvidar la función específica desempeñada por la política: asegurar aquellos fines mínimos, necesarios e imprescindibles de esta esfera: orden, definición de lo público, estabilidad de la relación mandato-obediencia, eficacia del vínculo protección-obediencia.

    Y ello implica según Schmitt el concebir la política (su contenido) a partir la conciencia de aquél horizonte hostil, moviendo desde el cual se crea la relación política (de protección-obediencia y afirmación de la verdad trascendente), tendiente a superar (si bien nunca terminantemente) con la decisión ese hobbesiano status naturalis, por la política del orden98.

    Aquella "naturaleza necesitada de protección" del ser humano y la lucha por la definición de lo fundamental, que en la interpretación schmittiana de Hobbes marcaba como término ab quo el motivo originario de las relaciones políticas y fundamentaba la existencia de una autoridad soberana, representaría para Schmitt esa condición "fundamental", porque forma parte de aquella "constancia de la especie" conflictiva y problemática, insuprimible de manera definitiva en el hombre. La condición humana, además de ser fundamental, es "decisiva" porque proyecta al ámbito de la política al ser humano ineludiblemente confrontado con el eventual riesgo extremo del enfrentamiento hostil.

    Lo político, el carácter específico de su esfera, es así ineludible porque refiere al rasgo relativo a la naturaleza humana expresado en la problemática originaria del horizonte posible de lucha entre asociaciones (sean Estados o asociaciones partes de éstos). Al hacer esto, representa para Schmitt el presupuesto de la política y marca sus fines imprescindibles.

Notas

1 El pensamiento político de Hobbes es catalogado por Schmitt siguiendo dos líneas generales que caracterizarían su doctrina política: por una parte, la del "decisionismo del pensamiento absolutista", vinculado a la experiencia del moderno estado absolutista; por otra, la veta racionalista en Hobbes que "culmina en la técnica" y lo coloca en la historia del pensamiento occidental como "precursor de una era científico-positivista". Schmitt 1938, El Leviatán en la doctrina del Estado de Thomas Hobbes, UAM-I, p. 152.

2 Afirmada por Schlesky en Schmitt, op. cit., p. 152.

3 Schmitt, Ibid., pp. 137 y 156.

4 Ibidem, p. 101.

5 Ibid., p. 90.

6 Ibid., p. 155.

7 Strauss, Leo, "Apuntaciones sobre El concepto de lo político de Carl Schmitt", en Persecución y arte del escribir. Y otros ensayos de filosofía política, Ed. A. el Magnánim, Valencia.

8 Para Heinrich Meier "sigue siendo hasta hoy la más significativa confrontación con El concepto de lo político", Carl Schmitt y Leo Strauss. The hidden dialogue, U. of Chicago Press, 1995, p. XIX.

9 Cfr. Strauss, Op. cit., respectivamente pp. 9, 38 y 45.

10 Schmitt, El concepto de lo político, Ed. Alianza, p. 150-152. En la Editorial Folios es la nota 62 de p. 61.

11 Apartado 7 de El concepto de lo político.

12 Tema también tocado por Schmitt en El Concepto, op. cit., p. 81, como axioma político vinculado a la decisión sobre el enemigo.

13 Op. cit., p. 93

14 Cfr. también p. 152 de El Leviatán.

15 El concepto, p. 152.

16 Que la puerta a la trascendencia "queda abierta" significa que la neutralización no es total y hay ese espacio de verdades o valores últimos a interpretar según diversas modalidades; la "intercambiabilidad" de la frase.

17 Es importante notar que en la base del Cristal Schmitt omite toda referencia al acuerdo pacticio entre individuos presente en Hobbes como fórmula para salir del estado de naturaleza. El origen y fundamento del Estado en Schmitt se encuentra, como veremos, en la función neutralizadora de la lucha política propia del Leviatán, dejando de lado la participación de los individuos.

18 Schmitt, El concepto, p. 152.

19 Ibid. p. 152.

20 El Leviatán, p. 94.

21 "No cabe duda que esta reconstrucción capte con gran lucidez los pasajes esenciales de la teoría política hobbesiana, siempre que se establezca la oportunidad de partir desde el presupuesto teológico, a saber, desde el lado superior del cristal", Pier Paolo Portinaro, La crisi dello ius publicum europeum. Saggio su Carl Schmitt, Edizioni Cominitá, 1982, p. 247.

22 Schmitt, op. cit., p. 94

23 El Leviatán, p. 152.

24 Strauss, op. cit., p. 39

25 Strauss, ibid., p. 38-39.

26 Strauss, ibid., p. 52.

27 Como señala el mismo Strauss en ibid., p. 38, al señalar la diferencia entre Hobbes y Schmitt con respecto al estado de naturaleza: "Para Hobbes en el estado de naturaleza todos son enemigos entre sí -para Schmitt todo comportamiento político está adjudicado al amigo o enemigo".

28 Schmitt, El concepto, p. 65.

29 Schmitt, op. cit., p. 64.

30 Strauss, op. cit., p. 38.

31 Strauss ibid., p. 41.

32 "Así como para uno (Hobbes) el estado de naturaleza se mantiene válido en el sistema internacional, también para el otro (Schmitt) en esta dimensión siguen permaneciendo los frentes de la hostilidad del político. Así como para uno la guerra civil y la lucha de las facciones representan la amenaza de una recaída en el estado de naturaleza, también para el otro el Estado está destinado a sucumbir como consecuencia de la reactivación de las relaciones amigo-enemigo infraestatales", Portinaro, op. cit., p. 243.

33 Strauss, ibid., p. 55.

34 Pero Schmitt rompe también con el modelo hobbesiano, al no seguir el planteamiento contractualista. Muy por el contrario la crítica negativa dirigida a Hobbes refiere justo al dejar la puerta abierta para la posterior afirmación del ámbito privado y particularista. Cfr. sig. Apdo. V.

35 Schmitt, Ibidem.

36 Cfr., Herrero Monserrat. Estudio introductorio... a Sobre los tres modos de pensar la ciencia jurídica, p. XXIX, Tecnos.

37 Cfr. A. Attili, Poder soberano y autonomía de lo político, Tesis de Doctorado, 2002, FFyL-UNAM, Cap. IV.

38 Op. cit., p. 149.

39 Ibid., p. 147.

40 Ibid., Capítulos 2 y 3.

41 A. Attili, El Leviatán en el realismo político de C. Schmitt, Tesis de maestría en Filosofía, 1994, FFyL-UNAM.

42 Ibid.

43 Ibid., p. 108.

44 Ibid., p. 109.

45 Ibid., p. 94.

46 Ibid., p. 94

47 Ibid., p. 94.

48 Ibid., p. 127.

49 Ibid., p. 110.

50 Ibid., p. 128-9.

51 Ibid., p. 131.

52 Ibid., p. 91.

53 Ibid., p. 128.

54 Ibid., p. 136.

55 Ibid., p. 135.

56 Ibid., p. 130.

57 Ibid., p. 131.

58 Ibid., p. 131-2.

59 Ibid., p. 130.

60 Ibid., p. 131.

61 Ibid., p. 93.

62 Ibid., p. 108.

63 Schmitt, El concepto de lo político, op. cit., p. 11.

64 A diferencia de la interpretación de Strauss, según la cual habría un fundamento moral en Schmitt. En Strauss el desencanto con la cultura liberal conduce a la búsqueda del fundamento moral perdido de vista por la cultura liberal; es entonces una preocupación cultural y filosófico-moral por los fundamentos de la política. Es sin duda por ello que su análisis de la filosofía política de Hobbes se prospecta como recuperación del fundamento moral de la política en Hobbes. Quizás también por ello la crítica a Schmitt se ve cubierta del énfasis en un supuesto fundamento moral que de la posición de lo político lo conduce a la posición de lo moral, esto es, según Strauss lo conduce a la "aprobación de la política" ("antes de aprobarlo"). A diferencia de Strauss, en Schmitt el desencanto con la política liberal no conduce a una reflexión de tipo filosófico moral que rescata la politeia premoderna sino a satisfacer una preocupación política y teórica por lo específico de la política, por lo político y por los valores políticos (no morales) de dicha esfera. Por ello el análisis de la doctrina política de Hobbes se desarrollará como la interpretación decisionista de Hobbes, desde éste énfasis schmittiano en la decisión y a la fuerte presencia de la unidad política soberana (decisora).

65 Schmitt analiza el tema de la trascendencia en La visibilidad de la iglesia (1917), Teología política (1922), Catolicismo romano y forma política (1923) y en La era de las neutralizaciones (1929).

66 También hay a este respecto interpretaciones en clave de nihilismo ocasionalista, de decadentismo político, a las que el autor deja abierta la puerta. En efecto, la propuesta del autor no especifica en qué valores piensa, cuando nos habla de la preocupación política de la paz y el orden ante el horizonte de la lucha por las definiciones fundamentales de la unidad política. Y sin embargo, no sólo paz y orden -como bien sabía el autor- pueden significar cosas muy distintas según quien sea el que las defina; sobre todo el problema se encuentra en que en Schmitt el ejercicio de poder de la autoridad trascendente en realidad pretende establecer una determinación sustancial para la existencia política de la unidad.

67 Cfr., A. Attili, El Leviatán en el realismo político de Carl Schmitt, op. cit., Cap. V.2 VII.4 y VIII.

68 De esta manera el tema schmittiano de la trascendencia se liga con el problema de la "representación política" y con los argumentos polémicos en contra de la representación entendida como delegación de intereses y en favor de la misma como imagen de la unidad política.

69 Es precisamente este vínculo el que Jorge E. Dotti (¿Quién mató al Leviatán? Schmitt interprete de Hobbes, IIF-UNAM, 1999) analiza detalladamente al tratar de "la unidad superior de los componentes espirituales y seculares del soberano", precisando su sentido de "representación auténticamente política", sintomática y necesaria de la constitución de un Estado protector. El límite de la interpretación schmittiana al respecto sería el no comprender la presencia en la base del cristal de una voluntad decisoria trascendente, no relativizable, superior y fundadora, como la que por el contrario reconoce al tocar la cuestión de la interpretación de los dogmas fundadores de la unidad política: el de la identidad dogmático-religiosa y jurídico-política. Para Dotti dicho límite se explica con la insuficiente atención dirigida por Schmitt a las leyes naturales en Hobbes. También puede explicarse con el rechazo por parte del pensador alemán de la presencia de alguna trascendencia, o de autoridad representativa de un sujeto político, en la reunión de individuos y de intereses particulares. En el filósofo de Malmesbury es ambigua tanto la función del iusnaturalismo, como es vago en Schmitt el apelar a la superioridad de la voluntad de la unidad política, que evoca ecos de identificación fuerte por parte de los ciudadanos, pero que en realidad rechaza todo valor propiamente político a los individuos como sujetos políticos, a las decisiones colectivas y a la participación partidista en una democracia plural.

70 Schmitt, El Leviatán, op. cit., p. 109.

71 Schmitt, Ibid., p. 152.

72 Ibid., p. 109.

73 Ibid., p. 111.

74 Ibid., p. 118.

75 Ibid., p. 119.

76 Ibid., p. 112.

77 Ibid., p. 110.

78 Ibid., p. 113, cfr. p. 115.

79 Ibid., p. 113.

80 Koselleck R., Crisis and critique, MiT Press, 1988.

81 Schmitt, Ibid., pp. 111 y 116.

82 Ibid., p. 117.

83 Ibid., p. 111.

84 Ibid., p. 134.

85 Ibid., p. 116.

86 Ibid., p. 119.

87 Ibid., p. 141.

88 El Estado le sobrevivió como un ejecutivo bien organizado, un ejército y policía con un aparato administrativo y judicial así como una burocracia funcional y profesionalmente preparada. Ib., p. 125. El desarrollo del concepto de derecho y de ley iría de la mano con el proceso de muerte del leviatán: la ley devino un instrumento técnico destinado a hacer calculable el ejercicio del poder estatal, pero el Estado mismo se transforma en un sistema legal positivista. Ib., p. 126.

89 Ibid., p. 140.

90 Cfr. Attili A., "La crítica decisionista de Carl Schmitt a la democracia liberal", Signos, Revista de Filosofía, n. 10, UAM-I.

91 Ibid., p. 141.

92 Ib.

93 Jorge Dotti, op. cit.

94 Estas fuerzas hacen "pasar su acción por algo distinto de la política" y se aprovechan "de todas las ventajas de la estatalidad" (Ibid., p. 141). En el nuevo contexto los poderes indirectos son los que hacen político "sin correr riesgo propio" (Ibid., p. 140): "Es propio de la esencia de un poder indirecto lograr oscurecer la clara convergencia entre mando estatal y riesgo político, poder y responsabilidad, protección y obediencia y ..tener a su alcance ...todas las ventajas del poder político y ninguno de sus peligros" (Ibid., p. 140-1) .

95 Dotti, Ib.

96 Ello explica, desde las posturas teóricas, las vicisitudes desfavorables experimentadas por Schmitt con el nazismo, aunque se trata de una inconformidad intelectual que nunca se vio acompañada de un deslinde explícito y político del jurista alemán, ni siquiera posterior a la época nazi.

97 En este sentido y siguiendo a Pier Paolo Portinaro podemos hablar en Schmitt del distanciamiento entre Estado y lo político como la base de su teoría. Cfr., op. cit., p. 263. "el análisis político tematiza el concepto de lo político y deja de lado el de Estado", p. 258.

98 El gran problema que de la teoría schmittiana de lo político es la ausencia del contenido preciso que tendría su propuesta, que permanece vaga, poco realista y fuertemente autoritaria.

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