Entrevista a Ulises Schmill
Entrevista a Ulises Schmill
Isonomía. Revista de Teoría y Filosofía del Derecho, núm. 14, 2001, pp. 211 -221
1Usted es uno de los pocos filósofos mexicanos del Derecho que ha diseñado un marco conceptual propio a partir de la teoría conductista skinneriana, la sociología weberiana, la lógica jurídica, la semántica y la pragmática, la obra kelseniana y otros dispositivos más para crear un tejido categorial innovador, creativo y funcional. ¿Cuál es la génesis, el origen de tan peculiar aportación?
Tal como está formulada la pregunta parece una rapsodia de temas inconexos entre sí. Sin embargo, debo decirle que me he visto en la necesidad de recurrir a las disciplinas que usted menciona con objeto de intentar comprender al objeto de mis consideraciones teóricas: el derecho positivo. Entre ellas no hay oposición ni sincretismo. Tal como yo veo las cosas pueden establecerse relaciones de unidad entre estas disciplinas, para comprender, lo más ampliamente posible, al Derecho, que es un objeto muy complejo y difícil de entender. Usted me pregunta sobre el origen de lo que denomina mi “aportación” a la que califica de peculiar. Bueno, el origen de mis estudios se encuentra en una profunda insatisfacción sobre la forma y el contenido de las cátedras en la Facultad de Derecho de la UNAM, entre 1954 y 1960, en donde se podían oír frases como la siguiente, en boca de maestros que gozaban de gran fama y prestigio: “La historia de la cultura occidental puede tirarse al cesto de la basura con tal que se mantenga incólume y se vuelva forma de vida... ¡el Sermón de la Montaña!”. Yo pensaba y pienso que con esta clase de conceptos y de maestros no se podía entender ni adelantar nada. Además, comprendí que a estas ideologías correspondía una posición ante la vida y la política que para mí era profundamente repugnante: el autoritarismo de cualquier clase. Mi reacción emocional violenta contra ello tenía su origen en las muy desagradables experiencias que había sufrido en la escuela militar en la que cursé la etapa secundaria de mis estudios. Por eso, cuando en una clase de “epistemología” que impartía el profesor Guillermo Héctor Rodríguez en la Facultad de Filosofía y Letras oí la tesis de que a cada posición epistemo- lógica o concepción del mundo corresponde una posición política, siendo el relativismo crítico el coordinado con el sistema político de la democracia, sufrí un verdadero shock cultural, pues comprendí que la posición a la que había llegado en la adolescencia con la lectura de autores como Romain Rolland, León Tolstoi, Fiodor Dostoievski, Panait Istrati, Emile Zola, Stefan Zweig, Hermann Hesse, Thomas Mann, etc., era de un romanticismo irracional de carácter esteticista y, por tanto, autoritario por su carácter absolutista. Esto me disgustó fuertemente, por lo que me acerqué a preguntarle al profesor Rodríguez de quién eran esas ideas, a lo que me indicó que eran de Hans Kelsen y se encontraban en las últimas páginas de su Teoría general del estado y en su libro Esencia y valor de la democracia. Recordé que todos mis maestros de la Facultad de Derecho, todos sin excepción, rechazaban la teoría de Kelsen y la consideraban una construcción falsa, a la que había que rechazar incluso con desprecio. Por las palabras que usaban para referirse a ella, la teoría de Kelsen no sólo era falsa, sino peligrosa y subversiva, digna del más exacerbado desprecio. Kelsen era la encarnación del mal en la teoría del derecho y hubo un profesor muy prestigiado en México que le impuso al profesor Rodríguez el mote de “el Papa negro”, por ser el único maestro que enseñaba la Teoría pura del derecho en la Facultad. Con animosidad en contra de Kelsen me puse a leer la Teoría pura del derecho en la traducción de Jorge G. Tejerina. Casi nada entendí en la primera lectura, pero pude percatarme que ahí había conceptos muy valiosos, de una exactitud y precisión que ninguno de los conceptos de las otras teorías tenían, mucho menos los que exponían de viva voz los profesores. Ese fue mi primer contacto con la Teoría pura. Me atraía profundamente la idea de relacionar la teoría del Derecho con otras disciplinas, no para formar una unidad sincrética, según se aprende de la lectura de Kelsen, sino de establecer correlaciones entre ellas. Durante los siguientes años me dediqué a estudiar detalladamente las obras de Kelsen, todas las que era posible encontrar en español gracias a las traducciones abundantes argentinas y españolas. Debo hacer una aclaración: la lectura cuidadosa de Kelsen me llevó a comprenderlo de ciertas maneras, que no eran compartidas por mis profesores, como de la Cueva, Rojina Villegas y el propio profesor Rodríguez, que en esa época intentaba heroicamente comprenderlo con base en la filosofía neokantiana de Hermann Cohen, Pablo Natorp y Ernst Cassirer, lo cual era correcto, pero también con Rudolf Stammler, lo que producía distorsiones imposibles de comprender, pues los conceptos jurídicos fundamentales de Kelsen los asimilaba a las categorías jurídicas de Stammler: por ejemplo, la imputación periférica quería comprenderla teleológicamente y la antijuridicidad como inviolabilidad. Aceptaba a Tönnies y a Stammler y creía que proporcionaban un criterio de justicia que consistía en el “tránsito de la formas comunitarias de vida a las asociacionarias”, rechazando las tesis kelsenianas sobre la irracionalidad y vacuidad de los conceptos de justicia. Mi visión era más sencilla y menos filosófica: la teoría era más empírica, a mi entender. Era teoría del derecho positivo. Por ello, fue muy satisfactorio leer las críticas que Kelsen hizo al profesor Cossio, con motivo de su visita a la Argentina, en las que afirma claramente que su teoría es teoría del derecho, no lógica normativa.
Un acontecimiento decisivo ocurrió en el año de 1960, con la visita de Kelsen a México. Tuve la oportunidad de conversar varias veces con Kelsen, tres para ser exactos, durante una o dos horas en cada ocasión, lo que ocasionó un profundo disgusto a profesores como Recaséns Siches y otros, que no es el caso mencionar en este lugar. Estas entrevistas fueron de gran importancia para mi formación intelectual. Pude conocer a Kelsen, observar como pensaba y hablaba y, lo que fue personalmente más importante, corroborar que mi entendimiento de su teoría era correcto. Sentí que me había recibido un espaldarazo y me había armado caballero, no sin haberme fustigado varias veces, con argumentos que sentía como latigazos. Quisiera relatar algunas experiencias que obtuve de su visita, con el objeto de dejarlas asentadas, con el fin de que se tenga una impresión del modo de proceder de Kelsen en el ambiente que lo rodeaba en esta visita a México.
El profesor Recaséns, junto con otros profesores, entre ellos el Lic. Emilio O. Rabasa que estaba al frente de la división del Doctorado en la Facultad de Derecho y al que debe atribuírsele el mérito de haberlo invitado, había ido a recibir a Kelsen al aeropuerto de la ciudad de México. Yo acudí también y pude verlo por vez primera, de lejos, pues no me permitieron estar en la sala de recepción. Cuando salieron del aeropuerto para dirigirse al coche que los llevaría al hotel donde se hospedaría, quise acercarme a Kelsen con objeto de entregarle mi tesis profesional con la que dos meses antes había obtenido el grado de licenciado en Derecho. Mi tesis se titulaba El problema de la soberanía, título que copié de una obra de Kelsen. En ella abordaba los temas centrales de su teoría del Estado, obra que ya conocía con todo detalle. Recaséns intentó evitar que me acercara a Kelsen, pero pude entregar mi tesis al destinatario. Para entonces, Recaséns se presentaba como un crítico feroz de Kelsen, insultante incluso, y sentía que era el poseedor auténtico e incontrovertible de sus teorías, por haberlo leído en alemán y haber tenido la oportunidad de asistir a algunas de sus cátedras. “El profesor Kelsen ha realizado un acto de crueldad extrema con la diosa de la teoría del derecho: con gran crueldad la ha mutilado, dejándola herida con dos muñones sangrantes, pues le ha quitado el criterio de justicia y su realidad sociológica”. Estas eran los conceptos que expresaba este sujeto, pronunciados con una voz de soprano afónica.
La lectura de Kelsen nunca puede hacerse aisladamente, si en realidad se intenta comprenderlo en todas sus dimensiones. Es tan grande su aportación a la jurisprudencia y son tan valiosas sus otras aportaciones, que hice un esfuerzo verdadero para hacer mío su pensamiento, en todas sus dimensiones. Recuerdo la lectura del bellísimo ensayo La aparición de la ley de causalidad a partir del principio de retribución, cuya lectura me produjo un shock intelectual muy importante, pues por vez primera comprendí la utilidad de poseer una teoría para aclarar problemas de otras disciplinas o problemas históricos. Por esta formación, más adelante pude gozar la lectura de las investigaciones de Cassirer en el ámbito de la teoría del conocimiento, de la filosofía de Kant y de la filosofía de las formas simbólicas, filosofía que se encuentra estrechamente relacionada con la concepción de Natorp sobre la psicología según el método crítico. No era posible entender cabalmente a Kelsen sin poseer un conocimiento suficientemente exacto de la filosofía crítica de Kant. Por tanto, hay que leer a Kant e intentar dominar sus pensamientos. Pero de Kant hay muchas interpretaciones, especialmente la clásica de la escuela neokantina de Marburgo, cuyo exponente más conspicuo era Hermann Cohen. La lectura de las obras de Cohen, especialmente de su Lógica del conocimiento puro y de la Teoría de la experiencia de Kant me llevaron hasta la desesperación por la dificultad del lenguaje y el estilo casi bíblico de sus pronunciamientos. Sin embargo, las leí varias veces, en una traducción al español que me obsequió el profesor G. H. Rodríguez, mencionado más arriba, el cual había logrado que se tradujeran, ¡en México! la casi totalidad de las obras del neokantismo. Es digno de resaltar el hecho de que todas las editoriales mexicanas se negaron, como lo hizo Ortega y Gasset en España, a publicar las obras que les eran obsequiadas por el profesor Rodríguez de los epígonos del neokantismo de Marburgo. Si esas obras filosóficas se hubieran publicado, no hubieran proliferado todas las filosofías irracionalistas que estaban de moda, de manera tan abundante, en donde se hacía la fenomenología del relajo y del mexicano, el existencialismo, el marxismo. Sólo después se introdujo en México la filosofía analítica y la lógica matemática, cuando ya la moda filosófica irracionalista e intuitiva había pasado a la historia. La filosofía de Kant y de los neokantianos me indujeron a estudiar algunos años la física. Fue un verdadero milagro poder leer el libro de Cassirer Substance and Function, en el que se presenta la filosofía neokantiana de la física de manera moderna y rigurosa, así como las obras de Natorp sobre la fundamentación de las matemáticas y las ciencias exactas, en donde ya se establece el contraste con las corrientes modernas de la metamatemática, con Russell y Whitehead, Frege, Dedekind, Hilbert, etc. Este fue el camino que me introdujo a la moderna filosofía analítica.
Posteriormente, muchos años después, en una cena, un profesor, de profesión psicólogo, estaba entusiasmado con las aportaciones skinnerianas a esta disciplina, las que reseñó brevemente. Sus palabras me intrigaron de manera muy intensa, pues pensé que era posible relacionarla con las aportaciones de Natorp y Cassirer. La lectura de Ciencia y conducta humana y Más allá de la libertad y la dignidad me entusiasmaron también. Por fin encontraba una ciencia experimental del comportamiento humano, además de las investigaciones de los etólogos como Lorenz, Tinbergen, D. Morris, Barach, Trivers, etc. En especial me llamó la atención el libro Verbal Behavior de Skinner, en el cual veía yo la exposición rigurosa de la ciencia que Charles Morris denomina pragmática.
Lo más natural, entonces, era unir estas disciplinas, pues no es posible poseer conocimientos de diversa índole y no tratar de integrarlos en una síntesis unitaria. La crítica de Kelsen y Hart a Austin me parecía superficial e injustificada. Pensaba que Kelsen coincidía con Austin de una manera más profunda de lo que él estaba dispuesto a reconocer. Hart, por otra parte, siempre me ha parecido que sociologiza la teoría de Kelsen, aunque sustancialmente no agrega algo verdaderamente nuevo. Intenté, en consecuencia, exponer la teoría del derecho con base en el concepto del mandato, pero entendiendo a éste de la manera elaborada en el libro de Skinner ya citado anteriormente Verbal Behavior. Posteriormente, pude hacer aplicaciones de la teoría conductista a la sociología comprensiva de Max Weber, la cual puede ser traducida de manera exacta utilizando los conceptos de la teoría de la conducta operante. El resultado de ello fue mi libro La conducta del jabalí. Dos ensayos sobre el poder: Kafka y Shakespeare. Este libro lo comenté profusamente con mi querido amigo Roberto Vernengo durante su prolongada estancia en México. Posteriormente, apareció mi libro Reconstrucción pragmática de la teoría del derecho, en el que se recopilan y unifican los diversos trabajos que había venido produciendo sobre los conceptos fundamentales de la Jurisprudencia.
2. Su punto de partida ha sido el positivismo jurídico a nivel teórico, la analítica en tanto metodología y la concepción liberal como ideología. ¿Se ubica en la actualidad en este contexto?
Sí, definitivamente.
3. Usted ha trabajado un amplísimo repertorio temático. Reflexiona sobre el pensamiento jurídico de los atenienses, la poética de Kelsen, la argumentación, la lógica, el poder en Kafka y Shakespeare, la estructura judicial, el sistema constitucional mexicano, etc. ¿Continuará en ese horizonte teorético?
Creo que mis intereses teóricos ya están definidos. El pensamiento de los atenienses del siglo V a. C., la época dorada de Pericles, especialmente la sofística, siempre me ha entusiasmado, pues en ella veo los orígenes de las concepciones modernas sobre la política, la ciencia y el derecho. Me ha indignado la injusticia que se ha cometido con ellos, los que a últimas fechas han empezado a ser rescatados de la maledicencia del padre de todas las autocracias y totalitarismos: Platón. Mucho he aprendido de Guthrie, Burnet, Cornford, Farrington, Rodríguez Adrados, Kerfeld, Ostwald y Ober, entre otros. Por otra parte, no puede hablarse de la “poética de Kelsen”, puesto que no existe. Simplemente, gracias a la amabilidad de Manuel Atienza pude publicar en su prestigiada revista de filosofía del derecho Doxa, el poema que Kelsen me obsequió en recuerdo de una larga y entusiasta velada conceptual en su casa en Berkeley, California. Sobre el poder en Kafka y Shakespeare ya he dicho algo anteriormente: cuando intenté formular los conceptos fundamentales de la sociología comprensiva de Weber utilizando los conceptos de la conducta operante skinneriana, me pareció que las formulaciones a las que llegaba estaban ilustradas de manera ejemplar en un modelo intuitivo, muy hermoso y muy trágico, en el Macbeth de Shakespeare. Por otra parte, la lectura de En la colonia penitenciaria de Kafka me pareció de manera obsesiva un modelo de lo que es el Estado totalitario y del aprendizaje por medio del castigo, como si las normas que debemos cumplir fueran leídas en las heridas corporales que su escritura nos produce, escritura que lleva a cabo la Rastra de la máquina infernal inventada por Kafka.
Tuve la suerte y la gran angustia de ser nombrado Ministro de la Suprema Corte de Justicia de México durante diez años, en cuatro de los cuales me desempeñé como Presidente de ella, por elección de mis compañeros. Ello me permitió tener experiencia jurisdiccional en materia constitucional, la cual es muy interesante y pude observar la forma como se conducen los jueces y las motivaciones que los determinan. Esto me hizo comprobar muchas de las tesis de Kelsen y de los realistas norteamericanos. Me afirmó en mi concepción positivista del derecho y pude comprobar que las demás concepciones, como el iusnaturalismo y la de los principios, no son sino instrumentos teóricos para generar más poder judicial y crear inseguridad jurídica.
4. No obstante ser un neokelseniano y un amplísimo conocedor del jurista vienés, usted ha marcado algunas críticas a su marco nocional. ¿Sigue pensando lo mismo respecto de Hans Kelsen?
Realmente no sé que es un “neokelseniano”. Si con esta expresión se entiende a una persona que afirma y sostiene las tesis principales de la teoría de Kelsen, aunque difiera en algunos puntos, creo que muchos autores modernos, muy prestigiados, serían, de manera más o menos inten- sa, “neokelsenianos”. Me refiero, por ejemplo, a Hart, quizá Raz en sus primeras obras, Alf Ross, Vernengo, Alchourrón, Bulygin, Bobbio, Guastini, Comanducci, evidentemente S. Paulson, R. Tamayo y otros. En realidad, toda la filosofía del derecho moderna tiene su origen, directo o indirecto, en Kelsen, aunque no solamente en él. Pasa con Kelsen algo similar a lo que aconteció con la filosofía de Kant: en la que se sintetizó mucho de lo que se filosofó anteriormente y luego dio origen a muchas escuelas filosóficas subsecuentes, no todas compatibles con ella. Yo puedo afirmar que mis convicciones más profundas son kelsenianas, aunque di- fiero en algunas de sus tesis, como por ejemplo, la “cláusula alternativa tácita” y otras que aparecieron en su obra a partir de 1960, como las caracterizaciones que ha hecho de las normas morales.
5. Los filósofos del Derecho en México se han dedicado a la docencia y a la investigación y salvo raros casos han ocupado posiciones relevantes al interior del poder judicial. Usted ha sido presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y tiene una enorme experiencia a nivel institucional. Creo que es el único filósofo del Derecho en América Latina con una posición así. ¿Cómo se generó esa vocación de servicio?.
En realidad, no tuve ninguna “vocación de servicio”. Por azares de la vida llegué a ser nombrado Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y electo por mis compañeros, en cuatro ocasiones, Presidente de la misma. El transcurso de mi vida fue de la siguiente manera: yo era rechazado por la mayoría de los profesores de la Facultad de Derecho de la UNAM, en primer lugar y de manera directa, por enseñar a Kelsen en una escuela con fuertes tendencias iusnaturalistas, monopólicas y autoritarias, y, de manera refleja, porque me veían como una avanzada del neokantismo en México, representado por el profesor Guillermo Héctor Rodríguez, cuya característica más descollante era su habilidad polémica. En diversos escenarios refutó a muchos de los maestros más prestigiados de la Universidad, tanto de la Facultad de Filosofía como de la de Derecho. Poseía, además de esa habilidad, que ejercía con gran ironía y contundencia, algo que no era perdonable: convencía a sus alumnos en su cátedra y formaba una escuela, compuesta de hombres orgullosos y belicosos, que actuaban como si poseyeran una ciencia oculta y poderosísima, imposible de ser entendida por los demás alumnos o maestros. Aquí debo mencionar a personas como Leandro Azuara, Fausto Vallado, Fausto Terrazas, Alberto Arai, Ariel Peralta, Salvador Corrales Ayala, Manuel de la Cera, Jaime Ortiz Sosa, Rolando Tamayo, Armando Morones y muchos otros. De modo que mi vida académica siempre se vio atacada por los directores de la facultad de derecho y de los institutos de investigación. Aunque presentaba las solicitudes y exámenes correspondientes, para ser aceptado en ellas y desarrollar una vida dedicado a la academia, nunca fui beneficiado con un nombramiento. Un día tuve la triste oportunidad de ver la forma como Recaséns Siches trataba de manera despreciativa y prepotente a Leandro Azuara, un profesor dignísimo, poseído de una verdadera vocación científica. Decidí no permitir nunca que nadie me pudiera tratar de la manera como Recaséns lo hizo con Azuara. Éste era superior en todo a aquél, pero tuvo que soportar sus insolencias y malos modos porque dependía su permanencia de investigador y profesor de la Facultad de la opinión de ese sujeto. Por tanto, me ví en la necesidad de ejercer la profesión de abogado, para poder vivir con dignidad y mantener económicamente a mi familia, primero como secretario de acuerdos del Tribunal Fiscal de la Federación, luego como abogado postulante en materia fiscal, para terminar esta etapa de mi vida como magistrado titular del mismo Tribunal Fiscal. Como este nombramiento es hecho por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, mi posición política dentro de la Universidad comenzó a mejorar y pude obtener la titularidad por oposición en mi cátedra de “Introducción al Estudio del Derecho”, la que llevaba impartiendo más o menos diez años. El propio Recaséns quiso atribuirse, con mendacidad, el mérito de ello. En 1970 fui nombrado “Subdirector Técnico” de la Dirección del Impuesto sobre la Renta. En ese momento, mi posición cambió en la Facultad de Derecho: me convertí en un maestro apreciable y digno, tan sólo por el hecho de que podía ordenar la revisión administrativa de las declaraciones fiscales de cualquier persona. Posteriormente, casi después de tres años, el Presidente de la República, a proposición del secretario de Relaciones Exteriores, Dr. Emilio Rabasa (quien había traído a Kelsen a México en 1960), me nombró embajador extraordinario y plenipotenciario de México en la República de Austria. Este fue un gesto deferente y muy apreciable del entonces Secretario de Relaciones Exteriores, a quien guardo respeto y reconocimiento. Después de cuatro años como embajador de México regresé a mi patria y, tras breve tiempo en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ingresé en un prestigiado despacho de abogados, desde donde ejercí mi profesión, fundamentalmente en las materias fiscal y corporativa, con algún éxito profesional y económico. Por razones especiales tuve que separarme de ese bufete, para formar uno propio asociado con un grupo de contadores públicos, asociación que no funcionó adecuadamente, por lo que me separé de ellos, para formar un bufete con uno sólo de los contadores. Varios años después, fui aceptado como investigador en el Instituto de Investigaciones Jurídicas, gracias a la amabilidad de un ex alumno mío, Jorge Carpizo, en aquel entonces director del mismo. Esta labor fue interrumpida en 1985 por el nombramiento de Ministro de la Suprema Corte de Justicia que hizo en mi favor el Presidente Miguel de la Madrid Hurtado. Durante todos estos años dedicaba tiempo a los estudios filosóficos y de teoría del derecho y pude publicar diversos ensayos. Este breve relato de mi curriculum vitae muestra que no pude dedicarme a la actividad académica por el ambiente francamente hostil de los profesores a cualquier teoría jurídica que no sirviera para apoyar ideológicamente los intereses momentáneos de los titulares del poder o del presupuesto en la Universidad. Ejemplos de ello son Leandro Azuara, quien trabajaba, además, como actuario de un juzgado de distrito en materia administrativa, para completar su ingreso, verdaderamente exiguo de la universidad: decía que al hacer las notificaciones no tenía que pensar en otra cosa sino en problemas filosóficos y sociológicos, por lo que no aceptó ningún puesto de mayor responsabilidad en el Poder Judicial de la Federación; Fausto Vallado era juez de distrito y después magistrado de un tribunal colegiado de circuito. Todos los demás que he mencionado han tenido que abandonar el estudio y la producción de filosofía y teoría del derecho presionados por urgencias económicas. Mi caso no podía ser distinto. Como puede percatarse por el relato anterior, nunca busqué llegar a ser ministro de la Suprema Corte y mucho menos presidente de la misma, pero una vez estando en ella, me dediqué apasionadamente a ello. Fue una gran experiencia, una época de profundas experiencias y pude contemplar desde el interior los mecanismos del poder judicial y del poder en general. En algunas ocasiones, yo era el origen de algunas tendencias jurídicas y administrativas. El ejercicio del poder judicial es apasionante y, al mismo tiempo, angustiante.
6. Su paso por el servicio exterior mexicano durante varios años le permitió vivir en varios países europeos. ¿Tuvo tratos en esa época con juristas y filósofos del Derecho? ¿Cómo fue intelectualmente ese periodo en Austria, Hungria y Alemania Federal?
Sí. En Austria conocí a Rudolf Aladar Métall, a Alfred Verdross, Robert Walter, Ota Weinberger, aunque creo que no se acordará de mí, al ministro Christian Broda, al lógico matemático Georg Kreisel, con quien tuve algún contacto gracias a Jean van Heijenoort, Ernesto Garzón Valdés y todos los exiliados argentinos en Alemania y en Austria, como, entre otros, Bacigalupo. Fue una época muy interesante, en la que estudié mucha lógica modal.
7. ¿Cómo se da en usted la vocación jusfilosófica? ¿Qué maestros influyen en su pensamiento en la Facultad de Derecho?
Creo que esta pregunta ya está contestada anteriormente. En resumen, sólo el profesor Guillermo Héctor Rodríguez influyó en mi vocación jusfilosófica. Los demás fueron maestros que me sirvieron como modelos a los cuales oponerme. El iusnaturalismo, fundamentalmente, de origen escolástico es el que imperaba en facultad. Ni siquiera el iusnaturalismo racionalista, al estilo de Grocio o Puffendorf, mucho menos de Hobbes.
8. Dentro del campo del Derecho existen en el momento presente infinidad de escuelas y corrientes de pensamiento. En E.U.A. el grupo de “Critical Legal Studies” en Boston, en la Universidad de Harvard representado por Unger, Altman, Kennedy, etc. Los realistas italianos como Pattaro y Tarello; la Hermenéutica jurídica francesa de Paul Ricoeur, los post modernos belgas de Francois Ost, el relativismo parisino de Jacques Derrida, el socioliberalismo bobbiano; el pospositi-vismo de Dworkin, la corriente analítica de Raz, el jusnaturalismo italiano de Cota, el positivismo jurídico “duro” argentino de Bulygin, el positivismo jurídico “débil” de Garzón Valdés en Alemania y Manuel Atienza en España, etc. ¿Cómo ve esta discusión? ¿Le parece fructífera y provechosa? ¿Permitirá esclarecer los horizontes discursivos de nuestra disciplina?
Creo en el pluralismo cultural, en el pluralismo científico, aunque tenga sus desventajas. Muchas veces existe oposición en las posiciones doctrinarias porque no se ha delimitado el objeto de estudio con precisión. Creo que es un deber teórico de todo investigador determinar cuál es el objeto de sus consideraciones teóricas, pues encuentro que muchos no lo han definido con claridad y precisión. Este fue uno de los méritos de Kelsen: determinó como su objeto de estudio al derecho positivo. Igualmente hacen Bentham y Austin.
10. Para finalizar ¿cuál es su proyecto jurídico? ¿Piensa volver al análisis pragmático del Derecho, a la historicidad, a la conceptualización del poder en los grandes personajes artísticos, a la problemática de la constitución? ¿Cuál es en este momento su agenda temática?
Seguir desarrollando los temas jurídicos que he tratado en mis libros y ensayos y si me tropiezo con alguno nuevo, entregarme a su estudio.