Isonomía. Revista de Teoría y Filosofía del Derecho, núm. 7, 1997
Instituto Tecnológico Autónomo de México
Rodolfo Vázquez
rvazquez@smith.rhon.itam.mx
Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), México
Sin temor a la simplificación, pienso que la filosofía del derecho contemporánea en México, digamos desde mediados de los cuarenta, ha girado en torno a cuatro figuras, dos de ellas originales y reconocidas internacionalmente, me refiero a Luis Recaséns Siches y a Eduardo García Máynez; y las otras dos, brillantes y más locales, Guillermo Héctor Rodríguez y Rafael Preciado Hernández.
La influencia de este primer grupo puede prolongarse con alguna fuerza intelectual hasta los primeros años de la década de los setenta, si bien desde principios de los sesenta hay que reconocer que las filosofías que daban cuenta de sus propuestas en el campo jurídico comenzaron a ser rebasadas por otras ideas filosóficas. En efecto, por esos años la filosofía analítica irrumpía en México con gran vitalidad. Pero no sólo en México. El testimonio del filósofo del derecho argentino Roberto Vernengo no deja lugar a dudas: “Ese mundo cristalino de esencias, regiones eidéticas, categorías y condiciones de posibilidad, se nos vino abajo, a principios de los cincuenta, con el simple y modesto ensayo de von Wright sobre la lógica deóntica. Carnap, Reichenbach, Tarski y Wittgenstein comenzaron a resonar en la facultad de derecho, donde hasta entonces sólo oíamos hablar de Kant, Husserl y de Heidegger... Por cierto que Cossio y Gioja, partiendo de su formación fenomenológica, nos habían disuadido de tomar demasiado en serio las construcciones y la terminología del tomismo, y ello tanto más, cuando el jusnaturalismo tomista significaba en la Argentina, entonces y ahora [l983], como en España por esos años, la versión oficial reaccionaria y oscurantista en el plano político”.
Sobre Recaséns Siches y García Máynez no se puede ignorar la importancia de su producción intelectual (sorprende a estas alturas que no se haya escrito en México el o los libros que le hagan justicia a su pensamiento), sin embargo, también hay que decirlo, no se preocuparon de formar discípulos. Otro tanto sucede con Preciado Hernández. Su obra, pionera en el desarrollo del jusnaturalismo en México, sigue siendo una de las más leídas en las escuelas de derecho y, con seguridad, habrá quien deba a Preciado Hernández lo mejor de su formación jusfilosófica, pero tampoco ha dejado discípulos.
De Guillermo Héctor Rodríguez, neokantiano de la línea de Marburgo, y estudioso y seguidor de Stammler y Kelsen, la situación es un tanto distinta.
Su obra no ha tenido la trascendencia necesaria para ser valorada pero su importancia se puede medir en los discípulos o ‘compañeros de ruta” que dejó. Desde mediados de los sesenta se conforma, con más o menos años de diferencia, el grupo de los “neokantianos”: Ulises Schmill, Agustín Pérez Carrillo, Javier Esquivel, Rolando Tamayo y Salmorán e Ignacio Carrillo Prieto, entre otros. Un sello que los caracteriza es su agudo conocimiento y manejo de la obra de Hans Kelsen.
Hacia fines de los sesenta este grupo toma contacto con la filosofía analítica que se desarrollaba pujantemente en el Instituto de Investigaciones Filosóficas de la UNAM, con gente como Luis Villoro, Fernando Salmerón, Ulises Moulines y Alejandro Rossi. A través de ellos y del Instituto se conoce la filosofía analítica del derecho argentina en personas como Roberto Vernengo, Carlos Alchourrón, Eugenio Bulygin, Ernesto Garzón Valdés y Carlos Santiago Nino. Estos, a su vez, dan a conocer en México a pensadores como Alf Ross, Herbert Hart, Karl Olivecrona, Georg Henrik von Wright, y otros notables jusfilósofos. Gente más joven comenzó a beneficiarse de toda esta oleada nueva y provocativa, entre ellos, Alvaro Rodríguez Tirado, Juan Rebolledo, Guadalupe Sánchez, Alfonso Oñate y, desde otras áreas filosóficas –epistemología y filosofia política y social León Olivé.
Toda la década de los setenta se caracterizó por una intensa productividad que, lamentablemente, disminuye de manera notable desde principios de los ochenta. No es fácil determinar las causas de esta situación. No pocos la atribuyen a la misma crisis económica de 1982 que obligó a la nueva generación a abandonar la docencia y la investigación en aras de mejores oportunidades económicas en el sector público o en el privado. Lo cierto es que México perdió a toda una generación de filósofos cuya carencia se percibió en los ochenta y que puede prolongarse hasta bien entrados los noventa. Esto ha representado al menos quince años de escasa producción que ha tenido resonancias muy claras también en la filosofia jurídica. Pese a ello, la perseverancia de algunos teóricos y filósofos del derecho y el empuje de algunos jóvenes jusfilófos en contacto con las corrientes y pensadores contemporáneos merece ser destacada.
Así, por ejemplo, en la línea jusnaturalista, con una constante productividad, pero anclada en el jusnaturalismo de los sesenta y con poco diálogo con las corrientes más contemporáneas se halla la obra de Miguel Villoro. Por el contrario, en esta misma dirección, la obra de Mauricio Beuchot presenta un pensamiento jusnaturalista renovado, conocedor y dialogante con la filosofia actual –especialmente la analítica– que el autor ha calificado de ana1ógico y pragmático. Asimismo, desde los planteamientos éticos fundamentales y desde una filosofia de los valores vitalista se enmarca la propuesta jusfilosófica de Jorge Gaxiola.
En el ámbito de lo que se ha dado en llamar la “rehabilitación de la razón práctica”, sobre todo a partir de la obra de John Rawls, se inscribe la producción de Paulette Dieterlen, Rodolfo Vázquez y Jaime Cárdenas, quienes desde la temática de los derechos humanos y la teoría de la justicia –asumiendo explícitamente un punto de vista liberal democrático– han contribuido al diálogo entre la ética, la filosofia del derecho y la filosofia política. En esta misma dirección, y a partir de la inspiración de Norberto Bobbio y la llamada Escuela de Turín se encuentra la obra tempranamente prolífica de José Fernández Santillán. De igual manera, a partir de las contribuciones de Gregorio Peces-Barba a la teoría de los derechos humanos y de una reinterpretación de la filosofia del lenguaje de Wittgenstein, se sitúan los trabajos de Mario Álvarez Ledesma.
En otra línea de pensamiento, que genéricamente se engloba bajo el rubro de realismo y teoría crítica, aparece la obra de Óscar Correas, Leticia Bonifaz y Martín Díaz y Díaz. Ante el desgaste de los modelos neoconservadores y neoliberales, desde hace algunos años, se levantan algunas voces que en el terreno jurídico auguran un renovado interés por planteamientos políticos y sociológicos a partir de un análisis crítico del realismo anglosajón o de una puesta al día del marxismo desde los aportes del estructuralismo francés, la escuela de Frankfort y la filosofia de Jürgen Habermas. Asimismo, desde la teoría y filosofia política, a partir de un análisis crítico del pensamiento de Max Weber se desarrolla el trabajo de Nora Rabotnikov. En años recientes, el realismo jurídico en su vertiente de Análisis Económico del Derecho (AED), se ha introducido en México con gran vitalidad gracias a las investigaciones de Andrés Roemer.
En la línea de la filosofia analítica del derecho, hay que destacar la obra de Ulises Schmill y Rolando Tamayo y Salmorán. Desde principios de los setenta y hasta la fecha, uno de los méritos indudables de ambos pensadores ha sido su elegancia y agudeza intelectual. Desde los inicios de su producción, hasta la fecha, su obra es una referencia obligada para todo filósofo del derecho de cualquier tendencia ideológica pero, sin duda, de la línea analítica. Sin embargo, si la década de los setenta resultó estimulante para ambos filósofos por la existencia de una comunidad científica activa e interpelante, no ha sucedido lo mismo en los ochenta. La obra de Schmill y Tamayo, siempre bien recibida, tengo la impresión de que no siempre es bien leída ni ha encontrado a los críticos mexicanos que la acompañen. Esta situación sin duda ha comenzado a revertirse con las nuevas generaciones. En esta corriente algunos jusfilósofos como Ana Laura Nettel, Luis Raigosa y Javier Ortiz han comenzado a producir trabajos de sumo interés. Los primeros investigando en torno a la teoría de la legislación y la argumentación jurídica; el último, sobre la autoridad práctica y la identidad de los sistemas jurídicos, desde una concepción de las normas como razones para actuar, de acuerdo con el pensamiento de Joseph Raz.
Una nueva generación de jóvenes jusfilósofos augura una revitalización de la Teoría y Filosofia del Derecho: Imer Flores, Carla Huerta, Pablo Larrañaga, Lorenia Trueba, Juan Antonio Cruz, Armando Maitret, Bernardo Bolaños, Wistano Orozco, entre otros, que sólo requieren de mayores espacios académicos en México y una firme voluntad de las autoridades de las diferentes facultades de Derecho para asegurar el desarrollo de esta disciplina en sus planes curriculares y en los centros de investigación.
El cuestionario, que sirvió de guía, y la idea misma de reunir diversos testimonios, tiene un antecedente en el número inaugural de la revista Doxa (1984), que tan atinadamente dirige Manuel Atienza desde la Universidad de Alicante. La presente compilación se concentra en los testimonios de filósofos mexicanos –o en la de aquéllos cuya producción se haya realizado preponderantemente en México– y agrega algunas interrogantes a las ya formuladas en Doxa. El cuestionario quedó estructurado a partir de las siguientes preguntas: 1. ¿Cuál ha sido su trayectoria como investigador de filosofia del derecho? 2. Esta trayectoria, ¿dentro de qué contexto político- social se ha desarrollado? ¿De qué manera ha influido este contexto en su obra? 3. ¿En qué áreas ha trabajado? 4. ¿Cuáles son los factores que lo han llevado a desplazar su interés de una a otra área? 5. ¿Cuáles considera que son sus principales aportaciones en las mismas? 6. ¿Cuáles son los problemas que, a su juicio, son más necesarios o más previsibles que reciban una atención preferente en el inmediato futuro? 7. ¿Cuáles cree que sean las vías más fecundas para abordar dichos problemas? 8. ¿Cuál es su opinión sobre la filosofía del derecho en México y en qué medida cree que haya evolucionado? ¿Qué relevancia ha tenido su trabajó en esta evolución? 9. ¿Se considera discípulo de alguien en particular o de alguna escuela? ¿Quiénes más se formaron alrededor de esa persona o de dicho grupo? ¿Cuáles son las áreas en que trabajó dicha escuela y cuál ha sido el trabajó de mayor importancia? 10. Mencione su bibliografía completa: ¿cuál de ellas a su juicio es la más significativa?
Con el propósito de dar mayor fluidez a las respuestas y facilitar su lectura se eliminó la transcripción de las preguntas en cada uno de los testimonios presentados. Como el lector podrá observar la presente compilación pone en evidencia la pluralidad temática e ideológica de los autores si bien, como resulta inevitable en este tipo de trabajos, está muy lejos de ser exhaustiva. En un futuro se tiene el firme propósito de enriquecerla con más testimonios y con un mayor alcance nacional que, por una razón o por otra, no se presentan en esta ocasión. Isonomía agradece a todos los filósofos participantes el interés y la disponibilidad para contestar el cuestionario solicitado.
Este trabajo no hubiera sido posible sin la inteligente y entusiasta colaboración de Diana Álvarez, Adriana Arteaga, Reyes Rodríguez y, muy especialmente, por la ardua tarea de recopilación y edición, de José María Lujambio. A todos ellos un reconocido y sincero agradecimiento.