Teoría jurídica y "derecho comparado"
Una aproximación y un deslinde
Resumen
La comparación de instituciones, órdenes y sistemas jurídicos se hace de una manera descriptiva . La tarea desciptiva de la ciencia del derecho la acompaña desde sus inicios y se aplica a todo el derecho positivo. No existe ninguna rama del derecho que se denomine “derecho comparado”, esto es sólo un método de estudio o investigación comparativo de las ciencias jurídicas; una técnica jurídico-dogmática. La comparación se hace a través de la lectura de instituciones o normas que por medio de la formulación del lenguaje, se explicarán conforme a la doctrina y sistemas jurídicos que les sean aplicables dentro de un ámbito de validez. La descripción del derecho se hace por medio de subsistemas entre órdenes e instituciones. Debe quedar claro que el derecho comparado no es estudio del derecho extranjero, sino que los modelos doctrinales son confrontados y comparados, siempre y cuando sean instituciones pertenecientes a una misma clase necesitando de un marco referencial.
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