Acerca de la existencia del ius cogens internacional
Una perspectiva analítica y positivista
DOI:
https://doi.org/10.5347/isonomia.v0i36.216Parole chiave:
ius cogens, positivismo jurídico, existencia de normas, derecho internacionalAbstract
El concepto de ius cogens encarna una tendencia hacía la limitación de la soberanía de los Estados. Buscar un lugar para el ius cogens dentro del edificio positivista exige profundizar el significado de los enunciados que afirman su existencia. Decir que una norma es ius cogens significa que tiene la fuerza necesaria para no ser derrotada. No significa que esta norma sea derecho natural, puesto que puede ser modificada por otras normas del mismo carácter. Una norma es "imperativa" ex post facto, después de que un juez así la calificó. Esto no implica reconocer a los jueces un poder sin límites. Al contrario, la multiplicación de las jurisdicciones internacionales asegura que ningún juez posea la última palabra: el contenido del ius cogens puede desprenderse del denominador común a las jurisprudencias de las jurisdicciones internacionales y regionales, tal como a las jurisdicciones supremas de los Estados.
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