Seguimiento de normas jurídicas: entre irracionalidad e irrelevancia. Un comentario a la noción de ‘inderrotabilidad’ de Jorge Rodríguez

Autores/as

  • María Gabriela Scataglini Universidad de Buenos Aires

DOI:

https://doi.org/10.5347/isonomia.60/2024.661

Palabras clave:

irracionalidad, irrelevancia, normas jurídicas excepcionantes, derrotabilidad

Resumen

Critico aquí la idea de Jorge Rodríguez de que el dilema entre irracionalidad e irrelevancia en el seguimiento de normas generales y de la normas jurídicas en particular, desaparece o pierde su fuerza si dejamos de confrontar la norma jurídica con qué es lo moralmente correcto asumiendo que siempre es posible determinar objetivamente esto último. Respecto de la discusión sobre la derrotabilidad de las normas jurídicas, señalo que la noción de “inderrotabilidad” resultante del análisis de Rodríguez deviene trivial y además inocua desde el punto de vista práctico. Si se presenta un “problema epistemológico” en la identificación de normas jurídicas excepcionantes (legal defeaters), el cual Rodríguez reconoce que podría existir -y cuyos posibles aspectos señalo y analizo- entonces el dilema entre irracionalidad e irrelevancia podría persistir, aun dentro de los límites del positivismo jurídico.

Citas

Alchourrón, Carlos, 1996: “On Law and Logic”. Ratio Juris, vol. 9, núm. 4, pp. 331–348. Citado por la traducción castellana de Rodríguez, Jorge con colaboración de Militello, Sergio: “Sobre Derecho y Lógica”, Isonomía, núm. 13, 2000, pp. 11-33.

________ 1993: “Philosophical foundations of deontic logic and the logic of defeasible conditionals”. En Meyer, Wieringa: Deontic logic in computer science: normative systems specification. Wiley, Chichester, pp 43–84. Citado por la traducción castellana de Pazoz, María Inés, Iglesias, María, y Rodríguez, Jorge: “Fundamentos filosóficos de la lógica deóntica y la lógica de los condicionales derrotables”, en Moreso, José Juan, y Rodríguez, Jorge (eds.): Fundamentos para una teoría general de los deberes. Madrid, Marcial Pons, 2010, pp. 77-127.

Alchourrón, Carlos, y Bulygin, Eugenio, 1971: Normative Systems. Viena, Springer-Verlag. Citado por la traducción castellana de Alchourrón, Carlos, y Bulygin, Eugenio: Introducción a la metodología de las ciencias jurídicas y sociales. Buenos Aires, Astrea, 2002.

Alonso, Juan Pablo, y Scataglini, María Gabriela, 2023: “Una crítica pragmática al realismo jurídico de P. Chiassoni”. Analisi e Diritto, 2/2023: X-X, pp. 95-115. Doi:10.4454/analisiediritto.v23i2.879.

Bayón, Juan Carlos, 2007: “Bulygin y la justificación de las decisiones judiciales: la partesorprendente”, en Moreso José Juan, y Redondo, Cristina (eds.): Un diálogo con la teoría del derecho de Eugenio Bulygin. Madrid, Marcial Pons.

________ 2002: “Derecho, convencionalismo y controversia”, en Navarro, Pablo, y Redondo, Cristina (eds.): La relevancia del derecho. Ensayos de filosofía jurídica, moral y política. Barcelona, Gedisa, pp. 57-92.

________ 2001: “¿Por qué es derrotable el razonamiento jurídico?” Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho, núm. 24, pp. 35-62.

________ 2000: “Derrotabilidad, indeterminación del derecho y positivismo jurídico”. Isonomía, núm. 13, pp. 87-117.

________ 1996: “Sobre la racionalidad de dictar y seguir reglas”. Doxa, Cuadernos de Filosofía del Derecho, núm. 19, pp. 143-162.

Caracciolo, Ricardo, 2006: “Normas Derrotables. La concepción de Carlos Alchourrón”. Análisis Filosófico, vol. XXVI, núm. 1, pp. 156-177.

________ 2005: “Una discusión sobre normas derrotables”. Discusiones, núm. 5, pp. 87-100.

Celano, Bruno, 2012: “True Exceptions. Defeasibility and Particularism”, en Ferrer, Jordi, y Ratti, Giovanni B. (eds.): The Logic of Legal Requirements. Essays on Defeasibility. Oxford, Oxford University Press, pp. 268-287.

Hart, Herbert, 1961: The Concept of Law. Oxford, Clarendon Press. Citado por la traducción castellana de Carrió, Genaro: El concepto de Derecho. Abeledo Perrot. Buenos Aires, 1963.

MacCormick, Neil, 1995: “Defeasibility in Law and Logic”, en Bankowski, Z., White, I., y Hahn, U., (eds): Informatics and the Foundations on Legal Reasoning. Dordrecht, Kluwer, pp. 99-117.

Moreso, José Juan y Rodríguez, Jorge Luis, 2010: “Estudio introductorio. Carlos E. Alchourrón y la máxima de la mutilación mínima”, en Alchourrón, Carlos E. (ed.): Fundamentos para una teoría general de los deberes. Madrid, Marcial Pons, pp.11-38.

Moreso, José Juan y Vilajosana, Josep Maria, 2004: Introducción a la teoría del derecho. Barcelona, Marcial Pons.

Nino, Carlos, 1989: El constructivismo ético. Madrid, Centro de Estudios Constitucionales.

Raz, Joseph, 1999: Practical Reason and Norms. Oxford, Oxford University Press.

Redondo, Cristina, 2005: “Razones y normas”. Discusiones, núm. 5, pp. 29-66.

Rodríguez, Jorge Luis, 2021: Teoría analítica del derecho. Madrid, Marcial Pons.

________ 2012: “Against Defeasibility of Legal Rules”, en Ferrer, Jordi, y Ratti, Giovanni B. (eds.): The Logic of Legal Requirements. Essays on Defeasibility. Oxford, Oxford University Press, pp. 89-107.

________ 2002: La lógica de los sistemas jurídicos. Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

Rodríguez, Jorge Luis, y Sucar, Germán, 1998: “Las trampas de la derrotabilidad. Niveles de análisis de la indeterminación del derecho”. Doxa, Cuadernos de Filosofía del Derecho, núm. 21, pp. 403-420.

Scataglini, María Gabriela, 2021: Seguimiento de reglas: el “aguijón pragmático” en la teoría del derecho. Madrid, Marcial Pons.

Schauer, Frederick, 1991: Playing by the Rules. A philosophical examination of rule-based-decision making in law and life. Oxford, Oxford University Press.

Soeteman, Arend, 1989: Logic in Law. Dordrecht, Kluwer Academic Publishers.

Wittgenstein, Ludwig, 1953: Philosophical Investigations. Basil Blackwell, Oxford. Citado por la traducción castellana de García Suárez, Alfonso y Moulines, Ulises: Investigaciones Filosóficas. México, Instituto de Investigaciones Filosóficas de la UNAM, 1988.

Publicado

2024-06-30

Cómo citar

Scataglini, M. G. (2024). Seguimiento de normas jurídicas: entre irracionalidad e irrelevancia. Un comentario a la noción de ‘inderrotabilidad’ de Jorge Rodríguez. Isonomía - Revista De teoría Y filosofía Del Derecho, (60), 96–119. https://doi.org/10.5347/isonomia.60/2024.661

Número

Sección

Book Symposium sobre "Teoría analítica del derecho" de Jorge Rodríguez